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La Constitución de Nicaragua de 1987 fue promulgada por el gobierno sandinista en plena revolución. Es un documento político que establece los principios fundamentales del Estado de Nicaragua y los derechos, deberes y garantías del pueblo nicaragüense. Fue aprobada por la Asamblea Nacional de Nicaragua el 9 de enero de 1987 y promulgada por el Presidente de la República ese mismo día.
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Autores varios
Constitución de Nicaragua de 1987
Barcelona 2024
Linkgua-ediciones.com
Título original: Constitución de Nicaragua de 1987.
© 2024, Red ediciones S.L.
e-mail: [email protected]
Diseño de cubierta: Michel Mallardi
ISBN rústica ilustrada: 978-84-9007-139-7.
ISBN tapa dura: 978-84-1126-737-3.
ISBN rústica: 978-84-9816-125-0.
ISBN ebook: 978-84-9897-605-2.
Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar, escanear o hacer copias digitales de algún fragmento de esta obra.
Créditos 4
Constitución de Nicaragua, 1987 9
Introducción 9
Constitución Política 11
Preámbulo 13
Título I. Principios fundamentales 15
Capítulo único 15
Título II. Sobre el Estado 17
Capítulo único 17
Título III. La nacionalidad nicaragüense 19
Capítulo único 19
Título IV. Derechos, deberes y garantías del pueblo nicaragüense 21
Capítulo I. Derechos individuales 21
Capítulo II. Derechos políticos 27
Capítulo III. Derechos sociales 29
Capítulo IV. Derechos de la familia 32
Capítulo V. Derechos laborales 33
Capítulo VI. Derechos de las comunidades de la Costa Atlántica 36
Título V. Defensa nacional 39
Capítulo único 39
Título VI. Economía nacional, reforma agraria y finanzas públicas 41
Capítulo I. Economía nacional 41
Capítulo II. Reforma agraria 42
Capítulo III. De las finanzas públicas 44
Título VII. Educación y cultura 45
Capítulo único 45
Título VIII. De la organización del Estado 49
Capítulo I. Principios generales 49
Capítulo II. Poder Legislativo 49
Capítulo III. Poder Ejecutivo 54
Capítulo IV. De la Contraloría General de la República 57
Capítulo V. Poder Judicial 58
Capítulo VI. Poder Electoral 61
Título IX. División político administrativa 65
Capítulo I. De los Municipios 65
Capítulo II. Comunidades de la Costa Atlántica 65
Título X. Supremacía de la Constitución, su reforma y de las leyes constitucionales 67
Capítulo I. De la Constitución Política 67
Capítulo II. Control constitucional 68
Capítulo III. Reforma constitucional 69
Libros a la carta 73
El 9 de Enero de 1987, la Asamblea Nacional de Nicaragua, culminó su labor constituyente, con la aprobación de la nueva «CONSTITUCIÓN POLÍTICA», que fue promulgada por el Presidente de la República ese mismo día, frente al pueblo reunido multitudinariamente para celebrar el magno acontecimiento.
Hemos decidido la publicación de su texto, por cuanto consideramos que su conocimiento reviste singular importancia para los pueblos de América, para todos los que entienden que «esta es un hora decisiva», es la hora de América Latina, y es nuestro deber caminar juntos cada minuto de este tiempo1 y especialmente para los estudiantes y estudiosos del derecho constitucional y político.
La publicación se integra con el informe brindado en ese acto, por el Presidente de la Asamblea Nacional, Comandante de la Revolución Carlos Nuñez Tellez, que refleja —sucintamente— el proceso de formación constitucional. Los miembros del Consejo de la ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS, que tuvieron el privilegio de asistir a algunos Cabildos Abiertos y al debate de la Asamblea Nacional, comprobaron la vasta y efectiva participación popular, y la profundidad y carácter polémico de la discusión de los Constituyentes. Es preciso destacar la ejemplar conducta política del FRENTE SANDINISTA DE LIBERACIÓN NACIONAL, ya que disponiendo de una holgada mayoría en la Asamblea Nacional, por haberse obtenido el 67 % de los votos en las elecciones más cristalinas de la historia de Nicaragua según los certificaron unánimemente los más de 300 observadores internacionales, lejos de imponer su posición, buscó en todo momento que cada uno de los artículos de la Carta Magna, fueran el producto del mayor consenso posible de las demás fuerzas políticas representadas.
La vocación de legitimidad de la Revolución Sandinista se ha puesto reiteradamente de manifiesto, en dramático contraste con la agresión promovida, estimulada, financiada y organizada por el gobierno de los EE.UU. El apoyo en el derecho es una constante de la acción del gobierno de Nicaragua, tanto en lo interno como en lo externo. En cambio EE.UU. se burla de las sentencias de la Corte Internacional de Justicia y las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del derecho internacional y de su propio derecho interno.
Con la convicción de que en Nicaragua se juega el destino de todos nuestros pueblos, el derecho a su autodeterminación, y que «nada de lo que ocurre en América Latina debe ser extraño para un latinoamericano, cada bala disparada en nuestro continente es una agresión contra todos, y nuestro mayor deber entonces es la solidaridad». En cumplimiento de ese deber solidario y de la lucha por el progreso del derecho, la justicia y la libertad, realizamos esta edición.
1 Del discurso pronunciado en el acto de promulgación de la CONSTITUCIÓN Política de Nicaragua, por el Presidente del Perú, doctor Alan García, realizado en la Plaza de la Revolución, de Managua, el 9 de enero de 1987.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Hace saber al pueblo de Nicaragua que la Asamblea Nacional Constituyente ha consultado con el pueblo, discutido y aprobado la siguiente CONSTITUCIÓN Política:
NOSOTROS, Representantes del Pueblo de Nicaragua, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente,
EVOCANDO la lucha de nuestros antepasados indígenas.
El espíritu de unidad centroamericana y la tradición combativa de nuestro Pueblo que, inspirado en el ejemplo del General JOSÉ DOLORES ESTRADA, ANDRÉS CASTRO y ENMANUEL MONGALO, derrotó al dominio filibustero y la intervención norteamericana en la Guerra Nacional.
La gesta anti intervencionista de BENJAMÍN ZELEDÓN.
Al General de Hombres Libres, AUGUSTO C. SANDINO, Padre de la Revolución Popular y Antiimperialista.
La acción heroica de RIGOBERTO LÓPEZ PÉREZ indicador del principio del fin de la dictadura.
El ejemplo de CARLOS FONSECA, el más alto continuador de la herencia de Sandino, fundador del Frente Sandinista de Liberación Nacional y Jefe de la Revolución.
A todas las generaciones de Héroes y Mártires que forjaron y desarrollaron la lucha de liberación por la independencia nacional.
EN NOMBRE del pueblo nicaragüense; de todos los partidos y organizaciones democráticas, patrióticas y revolucionarias de Nicaragua; de sus hombres y mujeres; de sus obreros y campesinos; de su gloriosa juventud; de sus heroicas madres; de los cristianos que desde su fe en Dios se han comprometido e insertado en la lucha por la liberación de los oprimidos; de sus intelectuales patrióticos; y de todos los que con su trabajo productivo contribuyen a la defensa de la Patria.
De los que luchan y ofrendan sus vidas frente a la agresión imperialista para garantizar la felicidad de las nuevas generaciones.
POR la institucionalización de las conquistas de la Revolución y la construcción de una nueva sociedad que elimine toda clase de explotación y logre la igualdad económica, políticas y social de los nicaragüenses y el respeto absoluto de los derechos humanos.
POR LA PATRIA, POR LA REVOLUCIÓN, POR LA UNIDAD DE LA NACIÓN Y POR LA PAZ. PROMULGAMOS LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
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