Aproximaciones Criminológicas. Una Perspectiva Policial de la Delincuencia en Ecuador - Marcelo López Amores - E-Book

Aproximaciones Criminológicas. Una Perspectiva Policial de la Delincuencia en Ecuador E-Book

Marcelo López Amores

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Beschreibung

La presente obra constituye un trabajo orientado a la comprensión básica del delito y la delincuencia, por lo que hurga en varios aspectos, conceptos y fundamentos del quehacer criminológico, con el propósito de encontrar elementos técnicos que sirvan de sustento para el análisis del fenómeno delictual. También se realizan ciertos ensayos elemantales sobre algunos postulados o teorías, con el fin de comprobar a priori los fundamentos expuestos en ellas, por lo que los resultados obtenidos son relaciones básicas de estos intentos por articular la teoría con la práctica; por lo cual, deben ser tratados, estudiados y verificados con mayores elementos y rigurosidad; sin embargo, busca incidir en la necesidad por generar un conocimiento criminal ajustado a la realidad ecuatoriana con base en el conocimiento científico.

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ADVERTENCIA

AGRADECIMIENTOS

DEDICATORIA

PRÓLOGO

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO PRIMERO INTRODUCCIÓN A LA CRIMINOLOGÍA: ASPECTOS CONCEPTUALES, NORMATIVOS E INSTITUCIONALES

Delito y delincuencia

Las normas

Administración de justicia

Políticas públicas de seguridad

Confianza ciudadana

CAPÍTULO SEGUNDO LA CRIMINOLOGÍA Y EL DELITO

La Criminología

Principales teorías criminológicas

Perfiles criminológicos

Factores generadores de violencia y delincuencia

Estrategias de prevención

Estadística delictual

CAPÍTULO TERCERO DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA PROPIEDAD

Delitos contra la vida: Muertes violentas

Indicadores de violencia

Delitos contra el patrimonio

Indicadores de delincuencia

CAPÍTULO IV DELITOS TRANSNACIONALES Y CRIMINOLOGÍA APLICADA

Delitos informáticos-Ciberdelincuencia

Delincuencia organizada

Tráfico de drogas

Criminología aplicada: El patrón delictual

EPÍLOGO

SIGLAS

REFERENCIAS

BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA

ADVERTENCIA

La presente obra constituye un trabajo orientado a la comprensión básica del delito y la delincuencia, por lo que hurga en varios aspectos, conceptos y fundamentos del quehacer criminológico, con el propósito de encontrar elementos técnicos que sirvan de sustento para el análisis del fenómeno delictual. También se realizan ciertos ensayos elemantales sobre algunos postulados o teorías, con el fin de comprobar a priori los fundamentos expuestos en ellas, por lo que los resultados obtenidos son relaciones básicas de estos intentos por articular la teoría con la práctica; por lo cual, deben ser tratados, estudiados y verificados con mayores elementos y rigurosidad; sin embargo, busca incidir en la necesidad por generar un conocimiento criminal ajustado a la realidad ecuatoriana con base en el conocimiento científico.

AGRADECIMIENTOS

Al trabajo y apoyo voluntario del personal de servidores policiales Directivos y Técnico-Operativos, quienes aportaron de uno u otro modo mediante su experticia en el desarrollo de este trabajo, que busca plasmar en un documento los conocimientos, la experiencia y el trabajo institucional. Y a todos aquellos policías ecuatorianos que desarrollan la misión de mantener el orden y la seguridad ciudadana con gran mística para alimentar la doctrina institucional, que es la base de lo que es y será la Policía Nacional del Ecuador.

DEDICATORIA

A mi esposa e hijas por su comprensión, apoyo e inspiración permanentes; a mi madre (+), padre y hermanos por su motivación férrea e incondicional; y a mi querida Policía Nacional, por ser el motor que impulsa la permanente superación, para desarrollar un trabajo fructífero en beneficio de la sociedad y por permitirme ser parte de la lucha más pura de la tierra…

PRÓLOGO

Hugo Pérez Cajiao1

El editorial del diario El Comercio de Quito de 16 de abril de 2022 se titula “La inseguridad que nos acecha todos los días” y dice: “No hay día en que el país no amanezca con alguna noticia sobre robos, asaltos, asesinatos. La inseguridad no es solo un asunto de la precepción: es una realidad que agobia a los ecuatorianos. Pero al sentimiento de inseguridad, lo acompaña también el de un sistema judicial fallido.... Un país sin confianza en su sistema judicial es un país que no tiene rumbo, porque lo ilegal termina imponiéndose. También puede derivar en la justicia por manos propias, tal como ha ocurrido en varias ocasiones. La inseguridad permite también que surjan posiciones extremas y que termina erigiendo a figuras políticas polémicas, que responden a ese clamor. Entonces, aúpan la libre tenencia de armas, la pena de muerte, la mano dura en todos los ámbitos, algo que no se debiera tener en un país que tiene a la democracia como fundamento de su diario vivir” (p. 12).

La obra titulada APROXIMACIONES CRIMINOLÓGICAS. Una perspectiva policial de la delincuencia en el Ecuador ayuda al ciudadano común, y al estudiante, investigador, docente o profesional del amplio campo del conocimiento y acción inherentes a la seguridad integral, a comprender e interpretar en su verdadera dimensión el apartado del editorial del diario El Comercio que me he permitido transcribir; pero aún más, ayuda a fortalecer esa corriente ciudadana responsable de entender y difundir conceptos, métodos y técnicas relacionadas con la seguridad integral, a fin de contrarrestar narrativas tendenciosas que usan y abusan de los medios de comunicación en general y de las redes sociales en particular.

En esta línea de pensamiento se inscribe el concepto de Criminología que –luego de participar en varios proyectos y grupos de trabajo interdisciplinarios integrados por intelectuales y académicos de la Policía Nacional del Ecuador–, en términos sencillos, he logrado elaborar: La Criminología es la ciencia encargada de la investigación de las causas del delito con el objeto de prevenirlo.

Este concepto he contrastado con aquel que elaboramos para justificar la carrera de Tercer Nivel Tecnológico Superior Universitario en Criminología (ISTPN, 2020, p. 11)2 que ofertará el Instituto Superior Tecnológico Policía Nacional en su nueva condición institucional de superior universitario:

La descripción y el análisis sustentado en información histórica y actualizada demuestran la necesidad de realizar investigaciones que permitan conocer la causalidad con un enfoque multidisciplinario de la violencia, la delincuencia y el orden público. Estas investigaciones se deberían enmarcar en el estado del arte o el presente y futuro de la Criminología entendida como “el cuerpo de conocimiento teórico y aplicado generado por los diferentes enfoques en Criminología sobre la comprensión de los comportamientos antisociales y los mecanismos de reacción social ante dichas conductas, es en la actualidad extenso y rico en contenido, permitiendo aproximaciones multidimensionales a los problemas de criminalidad, y posibilitando el diseño de programas testados de prevención (primaria, secundaria y terciaria) de la delincuencia.

Es precisamente la multidimensionalidad que las diversas teorías han aportado a la Criminología la que permite comprender la primera tendencia en la Criminología actual: el desarrollo de teorías integradoras, que permiten una visión de conjunto y multicausal de los fenómenos de criminalidad” (Buil Gil, 2016, p. 16)3.

En este contexto del estado del arte de la Criminología se sustentan los ejes de la Carrera de Tercer Nivel Tecnológico Superior Universitario en Criminología: Normativa legal, seguridad ciudadana, saber criminológico (víctima, victimario, y entorno), y análisis de la información; y las asignaturas que integran especialmente la Unidad Profesional enfocada a desarrollar capacidades para que el profesional lidere o participe en la solución de problemas complejos mediante la investigación para determinar las causas del delito con el objeto de prevenirlo.

La Carrera de Tecnólogo Superior Universitario en Criminología, desde la perspectiva de las funciones sustantivas de la educación superior: formación, investigación, y vinculación con la sociedad, colaborará en la comprensión de los problemas de la delincuencia en el País y sus soluciones mediante programas de prevención, debidamente articulados con la investigación y la inteligencia antidelincuencial que constituyen los subsistemas por medio de los cuales la Policía Nacional cumple su misión.

Con este telón de fondo, estimo que el contenido de la obra APROXIMACIONES CRIMINOLÓGICAS. Una perspectiva policial de la delincuencia en Ecuador constituye una contribución de indudable actualidad, utilidad y aporte al conocimiento y a la dicusión; y los estudiosos y la ciudadanía en general, interesados en los temas relacionados con la Criminología, sentirán o tendrán esa sensación cuando lean todos los capítulos o alguno de su interés particular.

Considero que la obra puede constituir un soporte o ayuda del aprendizaje mediante su aplicación en trabajos prácticos y de grupo. Esta opinión lleva a considerarla como un texto de la asignatura de Criminología en carreras o programas de educación continua de cualquiera de los ejes preventivo, investigativo y de inteligencia antidelincuencial, o como base para el desarrollo de la asignatura que proporcione a un estudiante de Criminología una visión de conjunto e integral de la carrera; e inclusive en una nueva edición como componente de consulta en un Masterado Tecnológico en Criminología, por cuanto contiene gran riqueza conceptual que abarca un amplio temario de la Criminología sin llegar a su profundización, facilita su interpretación y aplicación nutrida de información actualizada y confiable, y culmina con una breve descripción metodológica.

El contenido de la obra está estructurada de tal manera que facilita la mejor comprensión del lector, ya que busca explorar, entender y describir con el apoyo de los fundamentos criminológicos, la realidad delictiva en el país:

En el capítulo primero se analiza el delito como un fenómeno complejo que aparece por la reacción social ante una conducta desviada o lesiva, por lo que para comprenderlo de mejor manera es necesario hacer una breve referencia al origen del delito y la necesidad de las normas, su jerarquía y las penas que son los elementos que aseguran el cumplimiento de las normas. Se describe la arquitectura institucional de la administración de justicia enfocada a la persecución penal y a la rehabilitación social, sustentadas en políticas públicas relativas a la seguridad ciudadana y a la criminalidad, que deben rebasar los umbrales de un gobierno para proyectarse como políticas de Estado, que generen confianza en la ciudadanía en la que los medios de comunicación y las redes sociales cumplen un rol significativo en la pecepción de inseguridad.

El capítulo segundo es el de mayor aporte conceptual: se inicia con una breve referencia histórica de la Criminología a fin de proponer una definición, establecer las relaciones con otras ciencias, acentuar su importancia y definir el fenómeno criminológico; se destacan las teorías criminológicas que ponen de manifiesto la riqueza de su campo del conocimiento en constante evolución; los perfiles criminológicos y los factores de generación de violencia y delincuencia facilitan la definición de estrategias de prevención sustentadas en estadísticas delictuales.

El contenido del capítulo tercero es el que brinda la mayor cantidad de información actualizada e indicadores acerca de la violencia y la delincuencia, que justifica el título de la obra APROXIMACIONES CRIMINOLÓGICAS. Una perspectiva policial de la delincuencia en Ecuador, enfocada a los delitos contra la vida y la propiedad: Delitos contra la vida y muertes violentas; y delitos contra el patrimonio. Los indicadores de violencia y delincuencia, como señala el autor, constituyen insumos para generar una política de seguridad adecuada; particularmente con elementos que van desde la generación de normas por parte del legislador, el juzgamiento oportuno para evitar la impunidad, la prevención e investigación eficaces por parte de la policía y la rehabilitación y control adecuados del reo en el sistema penitenciario.

El capítulo cuarto es el más novedoso y de actualidad por cuanto alrededor de los delitos trasnacionales y Criminología aplicada: patrón delictual, se aborda temas relacionados con delitos informáticos-ciberdelincuencia, delincuencia organizada y tráfico de drogas, que constituyen –lamentablemente– acontecimientos de consumo popular a través de los sistemas de comunicación social; un aporte significativo se presenta en el tema Criminología aplicada: el patrón delictual, que incluye sus aspectos teóricos y la metodología cuya aplicación –al decir del autor– cubre la necesidad de mejorar la eficiencia del servicio policial, obliga a ensayar estrategias basadas en principios criminológicos, que permitan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad obtener resultados objetivos mediante la reducción de sus indicadores de violencia y delincuencia. Con este propósito se propone la estrategia basada en el patrón delictual para el subsistema de prevención del delito en la Policía ecuatoriana.

Acostumbro decir “bendito método” porque todos sabemos o creemos saber qué se debe hacer, muy pocos cómo se debe hacer, es decir el bendito método, y casi nadie hace. Esta obra podría constituir un manual de cómo realizar un estudio o investigación criminológico, para identificar las causas del delito a fin de prevenirlo o evitarlo.

Escribir un libro es un acto de modestia intelectual, puesto que uno muestra lo que sabe y también lo que no sabe, en nuestro país no hay la buena costumbre de escibir, más bien hay la mala costumbre de sólo criticar, bien venida la crítica; el autor de la obra APROXIMACIONES CRIMINOLÓGICAS. Una perspectiva policial de la delincuencia en el Ecuador es el Coronel de Policía de Estado Mayor Marcelo López Amores, quien acredita un desarrollo profesional exitoso, reconocido con varias condecoraciones, en diferentes grados y servicios policiales hasta llegar al ejercicio de Comandante Zonal de Policía; ha participado en proyectos educativos de tercer y cuarto nivel del Sistema Educativo de la Policía Nacional del Ecuador; ha desempeñado diferentes funciones en la Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional, culminando su carrera académica como Rector del Instituto Superior Tecnológico Policía Nacional.

En el plano de formación académica acredita una Maestría en Criminología Aplicada e Investigación Policial; Maestría en Educación a Distancia; Maestría en Gestión Educativa; Diploma Superior en Fundamentos de la Educación a Distancia e Investigación; Técnico Superior en Investigación Criminal especialización Balística; y Licenciado en Ciencias de la Educación especialización Administración Educativa.

Finalmente, la contribución intelectual del Coronel de Policía de Estado Mayor Marcelo López Amores se enmarca en el pensamiento del autor de este prólogo que considera que escribir un libro es la “consolidación de nuestro aporte en el ancho mundo del conocimiento, donde debemos poner a prueba, nuestra capacidad y pensamiento crítico reflexivo, independiente, plural y objetivo, despojado de fanatismos, fundamentalismos e ideologías extrañas, atípicas al ser nacional, enmarcado en la nueva dinámica de la educación superior, y de la investigación para el cambio social y el desarrollo, como contribución responsable para lograr los más caros anhelos y aspiraciones de la sociedad, no como un recurso retórico y demagógico, sí como realidad que se enraíce en el tejido social” (Pérez Cajiao, 2010)4.

1 Consultor Externo, Asesor Académico y Vicerrector Académico del Instituto Superior Tecnológico Policía Nacional (ISTPN) y Profesor del Convenio Instituto Superior Tecnológico Policía Nacional – Escuela Superior de Policía “General Alberto Enríquez Gallo” (2005-2021). Magíster en Educación a Distancia, Especialista en Planificación Curricular y Organización de Sistemas de Educación a Distancia y Diplomado Superior en Fundamentos de Educación a Distancia e Investigación, por la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL); y Doctor en Administración Pública y Licenciado en Ciencias Administrativas, Administrador Público, por la Universidad Central del Ecuador.

2 Instituto Superior Tecnológico Policía Nacional (2020). Proyecto de Carrera de Tercer Nivel Tecnológico Superior Universitario en Criminología. Quito, Ecuador.

3 Buil Gil, David. Criminología (II) evolución teórica: pasado, presente y futuro, Revista editada por el Centro Criminal para el Estudio y Prevención de la Delincuencia. Universidad Miguel Hernández, Alicante, España.

4 Pérez Cajiao, Hugo Oswaldo (2010). Intervención en el acto de investidura de títulos profesionales y grados académicos en la Universidad Técnica Particular de Loja, UTPL. Loja, Ecuador.

INTRODUCCIÓN

Así como evoluciona la sociedad, cambia el delito y la delincuencia; este fenómeno no se produce de manera uniforme en todas las sociedades, sino que ocurre de modo “variado y múltiple, tanto por los bienes jurídicos que se afectan, como por los medios empleados en su comisión” (De la Torre, 2018, p.7); por lo tanto, el fenómeno delictivo está vinculado al contenido y contexto cultural de una sociedad. Estos modos o formas de aparecer de la delincuencia, en unos casos, responden a las circunstancias del momento y, en otros casos, tienen un alto componente organizacional y rompen las fronteras nacionales; están también ligados al desarrollo cultural, donde los delincuentes no necesariamente deben tener contacto físico con sus víctimas e incluso pueden desarrollar su actividad delictiva de manera virtual.

El presente trabajo, busca explorar, entender y describir, con el apoyo de los fundamentos criminológicos, la realidad delictiva en el país; por tanto, basa su estudio en el aspecto jurídico y emplea los principales argumentos conceptuales de las diferentes teorías vinculadas con el ámbito forense, de donde se recogen argumentos técnicos o científicos; se hace una revisión de los campos de acción de las diferentes entidades encargadas e involucradas en la administración de justicia y la prevención del delito, como la Fiscalía General del Estado, la Policía Nacional-Policía Judicial, cortes y tribunales de justicia y sistema penitenciario; también se incorporan principios de las principales teorías explicativas del delito para promover una concepción amplia en integral de la seguridad ciudadana, así como de las medidas de prevención aplicadas y recomendadas para los diferentes contextos.

La delincuencia en el Ecuador es un fenómeno que, como en varios países de la región, tiene arraigadas causas estructurales como la pobreza, la desigualdad, el desempleo o el analfabetismo, que los gobiernos no las han atendido con la intensidad y el empeño que ellas ameritan y, en la mayoría de los casos: “… las políticas públicas consideran más realista hacer frente a los efectos del delito que abordar el problema en sí mismo” (Curbet Hereu, 2009, p. 53); en tanto que, desde la perspectiva policial, su accionar ha sido reclamado con mayor insistencia mediática y política en todos los tiempos; por tal razón, es importante hacer un estudio técnico del delito, de modo que permita tener una percepción contextualizada del fenómeno, de su tratamiento, así como de su evolución. Comprender el rol de la gestión policial y demás organismos que tienen incidencia en el amplio campo del delito y la delincuencia favorece al tratamiento contextualizado y cooperativo.

La evolución de las tecnologías de la información y la comunicación traen consigo grandes transformaciones en las maneras de ser y hacer las cosas, nos permiten gestionar varias actividades desde un ordenador; sin embargo, no solo se las emplea para facilitar la vida de las personas, sino también para complicarla, lo cual ocurre con mayor incidencia en los últimos tiempos en los delitos efectuados por la delincuencia no convencional o de cuello blanco, con el empleo de las tecnologías como medio y la corrupción como estrategia; delitos como el tráfico de drogas, el ciberdelito o la delincuencia organizada afectan a varios países y generan grandes estragos económicos y sociales en los gobiernos, lo que demuestra la actualidad y relevancia del estudio criminológico de las infracciones y su aplicación práctica en la realidad ecuatoriana, como el caso del patrón delictual que se propone en este estudio.

CAPÍTULO PRIMERO INTRODUCCIÓN A LA CRIMINOLOGÍA: ASPECTOS CONCEPTUALES, NORMATIVOS E INSTITUCIONALES

El delito es un fenómeno complejo que aparece por la reacción social ante una conducta desviada o lesiva, por lo que para comprenderlo de mejor manera es necesario hacer una breve referencia al origen del delito y la necesidad de las normas; la manera en que estos se abordan desde el punto de vista criminológico y el consiguiente surgimiento de sus teorías; también conviene revisar el rol de los organismos encargados de la administración de justicia en su tratamiento.

Delito y delincuencia

La historia de la humanidad enseña que, desde la aparición de la vida sobre la tierra, el hombre, al igual que otros seres vivos, buscó agruparse con el fin de mejorar sus posibilidades de supervivencia; también es conocido que en todos los tiempos y en todas las sociedades han existido conflictos generados de esta asociación; el delito es tan arcaico que uno de los registros más antiguos sobre la desobediencia a las normas lo encontramos en “el hurto de la manzana en la versión bíblica de la creación del mundo” (Silva G. 2011, p.11). Siguiendo esta referencia, se podría ejemplificar también en la muerte de Abel por parte de su hermano Caín; en ambos casos, se identifican las conductas desviadas y el quebrantamiento de las reglas; sin embargo, las motivaciones son diversas, así como el rol de sus autores, los tiempos y, en general, las circunstancias son específicas para cada caso y, por consiguiente, sus penas.

CONFLICTO Y AGRESIÓN

Thomas Hobbes y Konrad Lorenz, citados por Ostrosky F. (2011), postulan que nacemos con conductas agresivas y egoístas, pero, mediante el desarrollo, se aprende a inhibir esas tendencias. Estos autores arguyen que estas conductas inestables pueden tener un origen neurológico. El enfoque biológico del delito indica que la agresión es inherente al ser humano y adquirida como medio de supervivencia, con fines adaptativos, pero la conducta delictual se manifiesta como resultado del aprendizaje social (pp. 25 y 26). Las consideraciones biológicas y sociológicas del delito arriba referidas resultan criminológicamente relevantes a la hora de entender un hecho criminal y, por tanto, marcan el inicio por el cual debe partir una investigación policial.

Algunos tratadistas incluso consideran al conflicto como el motor que acelera los cambios y, por tanto, necesario para la evolución social (teoría del conflicto); sin embargo, la naturaleza gregaria del ser humano exige el cumplimiento de ciertos presupuestos y normas como la división de tareas, compartir recursos, articular capacidades, entre otros, lo cual le ha generado múltiples beneficios que se resumen con su ubicación en la cima de la cadena alimenticia; empero, para merecer esta posición, sus miembros deben pagar un precio que se subsume en la restricción de sus libertades individuales y el cumplimiento de obligaciones sociales; condiciones que en no pocos casos han generado serias reacciones de rechazo por parte de sus asociados con manifestaciones de desorden, violencia e inseguridad que han amenazado la existencia misma de las sociedades, como es el caso de las guerras y revoluciones como su forma más amplia de manifestación.

Crespo L. (2017) refiere que los seres humanos que infringen las normas se encuentran sujetos a varias condiciones asociadas a la problemática: pobreza y exclusión, educación, crisis de la familia, estereotipos foráneos de vida / consumos, migración, movilidad, drogas / narcotráfico (p. 60), factores externos que como se verá más adelante se encuentran asociados a otras influencias que en conjunto determinan o facilitan la manifestación de la conducta violenta o agresiva de las personas.

DELITO Y CONTRAVENCIÓN

Las infracciones, sean delitos o contravenciones, nacen como consecuencia social de rechazo ante conductas que perjudican el orden y la paz socialmente acordadas y que, para ser consideradas como tal, deben encontrarse prescritas en una norma; estas conductas nocivas aparecen de modo recursivo en paralelo con la evolución constante de la sociedad, lo que genera una conciencia social de repudio; mientras más organizada y desarrollada es la sociedad, más conductas se regulan con una delimitación explícita para cada tipo delictivo.

En el Ecuador, las conductas están reguladas y tipificadas en Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya finalidad (Art.1) es regular el poder punitivo del Estado, tipificar las infracciones y señalar el procedimiento para su juzgamiento. La infracción penal (Art. 18) es la conducta típica, antijurídica y culpable que comete una persona considerada como responsable según el mismo Código y se dividen en delitos y contravenciones (Art.19); por tanto, estas conductas han de estar previamente señaladas como infracción para ser perseguidas y sancionadas.

Delito

“Es un ataque al orden jurídico que la ley quiere restablecer” (Enciclopedia Jurídica Omega, 1979, p. 699). El COIP considera como delito a la infracción penal sancionada con pena privativa de libertad mayor a treinta días. Entre los más comunes se hallan: homicidios, agresiones, asaltos, robos o hurtos, que se ejecutan sobre personas o bienes como domicilios, locales comerciales, oficinas, personas, vehículos, autopartes o motos.

Contravención

La contravención está referida a una conducta opuesta al mandato previamente estipulado; el COIP la señala como infracción penal tipificada y sancionada con pena no privativa de libertad o privativa de libertad de hasta treinta días, entre las cuales se encuentran: contravenciones de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar (art. 159), contravenciones de hurto (art. 209), contravenciones de abigeato (art. 210), contravención contra el derecho al trabajo (art. 244), contravención de maltrato y muerte de mascotas o animales de compañía (art. 249-250), contravención contra la tutela judicial efectiva (art. 277), contravenciones contra la eficiencia de la administración pública (art. 295-296), contravención de actos ilegales tendientes al alza de precios de productos sujetos a precio oficial (art. 321), contravención contra la seguridad pública (art. 365), contravenciones de tránsito (art. 383-392), contravenciones de primera, segunda, tercera y cuarta clase (art. 393-396) y contravenciones en escenarios deportivos y de concurrencia masiva (art. 397)

En correlación con el delito, las contravenciones vienen a ser infracciones menores ya sea por la incapacidad o por el perjuicio causado, aunque las dos sancionan una conducta penalmente relevante, estipulada en la normativa que los tipifica como tales y, por tanto, permitesu persecución con el fin de restablecer el orden, exigir su reparación o restituir el derecho lesionado.

Delincuente y delincuencia

Hilda Marchiori (2005) considera delincuente a la persona que delinque, sujeto activo o agente del delito; responde a la pregunta ¿quién? y como delincuencia conceptúa a la comisión de un delito o conjunto de delitos en general, responde a la pregunta ¿qué? Para que una conducta sea sancionada, debe ser ejecutada con dolo, culpa u omisión dañosa (arts. 26-28 COIP) y amenazar o lesionar sin justa causa un bien jurídico protegido (art. 29 COIP); cada infracción o tipo penal tiene su propia estructuración gramatical, cuyos verbos rectores (matar, robar, agredir, etc.) definen cada acto como conducta sancionada por la ley; también existen ciertas conductas que, a pesar de ser dañosas, no son antijurídicas y se atribuyen a la necesidad de defender un derecho propio o ajeno, como el caso de la legítima defensa o estado de necesidad; también en casos de trastornos o alteraciones mentales, incluso si no son enfermedades permanentes y se manifiestan en ciertos episodios.

La delincuencia se encuentra en continua adaptación al entorno social y avance tecnológico, a tal punto que varios estudiosos se han basado en fundamentos antropológicos, sociológicos, políticos, económicos o tecnológicos para clasificarlos. De la Torre A. y Velasco P. (2019, p. 25), al hacer referencia a las formas de aparición de la delincuencia, hacen una clasificación muy empleada en nuestro medio, como delincuencia convencional y no convencional.

Delincuencia convencional o común

Es “la que se lleva a cabo en todo tiempo y lugar, dentro de las relaciones y situaciones sociales ordinarias, por parte de sujetos pertenecientes a la población en general, sobre todo los más marginados y excluidos…”. Son infracciones a normas jurídicas tradicionales que afectan mayormente a la propiedad y las personas: homicidios, agresiones verbales, sexuales o físicas, robos o hurtos; aquí la relación entre víctima y delincuente es directa y concreta.

Delincuencia no convencional u organizada

El COIP considera delincuencia organizada (art. 369) a un grupo estructurado de dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, ejerzan actividades de una organización delictiva; se sanciona con pena privativa de libertad de más de cinco años; la Convención de Palermo define como grupo delictivo organizado a “un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material” (Naciones Unidas, 2004, p. 5). Conviene también indicar que la asociación ilícita, conforme el COIP (art. 370), se verifica cuando dos o más personas se asocian con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, pues son actos recurrentes en delincuencia organizada.

Delitos de cuello blanco (White collar crimes)

Relacionada con el uso abusivo y corrupto del poder (político, económico o social). Herrero C. (2011) indica que constituye una delincuencia extraordinariamente cualificada y variada, con técnicas de organización moderna, uso de nuevas tecnologías que puede trascender las fronteras tradicionales. En este tipo de delincuencia, se pueden encontrar los siguientes delitos: corrupción, contrabando, delitos financieros o fiscales, tráfico de drogas y armas, blanqueo de capitales, terrorismo, entre otros; la víctima suele ser indefinida, comunitaria o ser el propio Estado y sus victimarios sujetos con roles definidos dentro de la organización que pueden actuar de diferentes lugares incluso países.

Modalidad delictiva de delincuencia no convencional, cometida por personas de un buen nivel económico, con un grado de respetabilidad, actividad profesional y estatus social alto, quienes aprovechan su posición y conocimiento para generar delitos con graves y/o altos perjuicios económicos; estos delitos abarcan ámbitos políticos, comerciales, industriales o tecnológicos y suelen ser cometidos por empresarios, banqueros, servidores públicos, magistrados, políticos, etc. Existe una alta cifra negra de esta modalidad delictiva debido a lo sofisticado de sus actos o la influencia y temor que ejercen sobre quienes pueden denunciarlos, los que generalmente son sus dependientes, subordinados o colegas.

Las normas

La vulnerabilidad de la especie humana ha hecho que busque mecanismos de protección y seguridad ante las diferentes amenazas no solo de otras especies sino también de otros grupos de su misma especie; encuentra, por lo tanto, en la agrupación la mejor estrategia de defensa, cuya esencia radica en la fuerza que genera la sinergia de sus asociados como medio eficaz para compensar su debilidad individual. Toda sociedad requiere que sus miembros cumplan unas reglas mínimas que aseguren el éxito y la supervivencia, por lo que será necesario renunciar a ciertos privilegios que brinda la libertad individual por lograr un bienestar mayor que genera el grupo social.

En este entender, el hombre permanentemente ha buscado mecanismos que garanticen su ordenamiento, por lo que un buen referente lo hallamos en los postulados del contrato social de Rousseau, que como lo resume Alulema C. (2012) consiste en “la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos a la comunidad entera, porque, primeramente, dándose por completo cada uno de los asociados, la condición es igual para todos; y, siendo igual ninguno tiene interés en hacerla onerosa para los demás” (p. 26). El contrato social, entonces, encarga al Estado la responsabilidad de velar por la libertad e igualdad de los ciudadanos quienes se adhieren voluntariamente a cumplir las reglas y a someterse a su autoridad. En el caso ecuatoriano, el Estado se organiza en forma de República y la norma suprema es la Constitución de la República del Ecuador (CRE) que lo define como un Estado constitucional de derechos y justicia (art. 1 CRE) y en correlación con los postulados del contrato social, refiere que la soberanía radica en el pueblo y su voluntad otorga el fundamento de la autoridad.

Las normas deben garantizar la reparación integral de los daños (art. 77 COIP) en relación con el perjuicio sufrido por la víctima, mediante la restitución, rehabilitación, indemnización, medidas de satisfacción y las garantías de no repetición del daño sufrido (art. 78 COIP).

JERARQUÍA DE LAS NORMAS

El sinnúmero de conductas reguladas ha hecho necesaria la creación de varios instrumentos legales, los que a la hora de su aplicación pueden generar ciertos conflictos, por lo cual se ha creado un ordenamiento jurídico que aglutina y las ordena de manera jerarquizada. Un referente de esta la encontramos en la pirámide elaborada por Kelsen, quien toma como referente una norma fundamental que se ubica en la cima de la pirámide de la cual emanan las demás.

Gráfico No. 1

Jerarquía de las normas

Nota. Pirámide de Kelsen. Tomado de: http://ips.com.ec/seguridad-y-salud-en-el-trabajo/piramide-de-kelsen/

Este orden jerárquico contempla la Constitución ecuatoriana en el artículo 425, por lo que cualquier norma que se contraponga carece de eficacia jurídica (art. 424 CRE): El propósito es categorizar las normas de forma gráfica para identificar la que predomina sobre las otras y la manera en la que se relacionan; sin embargo, de persistir la duda sobre la aplicación de alguna norma, se considerará la más favorable a la persona infractora (art. 76:5 CRE), cuyos principios de aplicación están definidos en el COIP (art. 5), con lo cual se busca garantizar la aplicación justa de la misma.

El Estado ecuatoriano encarga a la Asamblea Nacional la función de “Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio” y aprobar o no los Tratados Internacionales (art. 120:6 y 8 CRE). La iniciativa para presentar proyectos de ley les corresponde a los asambleístas, Presidente de la República, otras funciones del Estado, Corte Constitucional, Procuraduría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública y a las ciudadanas y los ciudadanos que estén en goce de los derechos políticos (art. 134 CRE); en este contexto, corresponde a la Corte Constitucional controlar, interpretar y administrar justicia constitucional y los tratados internacionales de derechos humanos firmados por el Ecuador.

LAS PENAS

Son los elementos que aseguran el cumplimiento de las normas, definidas como una restricción a la libertad y a los derechos de las personas (art. 51 COIP). Se aplican a quien violenta la norma previamente tipificada ya sea por acciones u omisiones y previo un proceso legal. Pero, ¿cuál es el fin que persiguen las penas? Para responder esta pregunta se revisan tres enfoques teóricos: las teorías retributivas o absolutas, que persiguen el castigo del delincuente como forma de ratificar la voluntad general de la sociedad en contra de la o del infractor, donde se busca que el castigo sea proporcional al daño causado, el clásico ejemplo de esta tendencia se lo encuentra en la “ley del talión”1; las teorías relativas o preventivas, que buscan la prevención del delito a manera de coacción psicológica que pretende, por medio de la intimidación que genera la acción penal, persuadir a la comunidad de no cometer infracciones. Si a pesar de esto se ejecuta el ilícito, promueve el tratamiento para su reinserción social durante su pena. De no ser posible esto, pude llegar incluso a la anulación del infractor mediante la sanción indefinida o la pena de muerte; y, finalmente, se tienen las teorías mixtas o eclécticas, que sugieren el empleo de ambas formas de justicia, aunque su aplicación resulte complicada, ya que ninguna se subordina a la otra, el mérito de esta teoría está en evitar los extremos de las dos posiciones anteriores y obtener más elementos de solución.

Zozzo M. (2014, pp. 16-19), al referirse al modernismo penal, sintetiza en tres fines que persigue la pena, aunque todas como forma de prevención; la primera en tanto disuasión, la segunda en tanto corrección y la tercera en tanto neutralización. Disuasión de la población con base en la sanción impuesta a un infractor; corrección al mismo infractor como efecto de la pena recibida (autotransformación); y neutralización del propio infractor que puede ser temporal o permanente mediante barreras físicas conforme la pena (prisión o pena de muerte).

En el caso ecuatoriano, la finalidad de las penas se halla en el artículo 52 del COIP, que textualmente manifiesta: “los fines de la pena son la prevención general para la comisión de delitos y el desarrollo progresivo de los derechos y capacidades de la persona con condena, así como la reparación del derecho de la víctima”. Pero en esta orientación claramente preventiva expresa su propia limitación cuando refiere que la pena no tiene como fin el aislamiento o la neutralización de las personas como seres sociales, por tanto, las penas previstas en el ámbito penal son las privativas de libertad con un máximo de 40 años, no privativas de libertad y restrictivas de los derechos de propiedad (arts. 59-71 COIP).

La norma regula la conducta de las personas, tanto naturales como jurídicas y, para que sean punibles, la acción y la omisión deben estar tipificados como infracción; por consiguiente, realizar un acto prohibido o no realizar un acto cuando se tiene la obligación legal de hacerlo será objeto de sanción; estas conductas solo son punibles si el sujeto es imputable y si ejecuta el hecho con conciencia de la antijuridicidad de su conducta (art.34 COIP). En cuanto a los menores de dieciocho años y desde su concepción, se sujetan a lo definido en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, con el fin de garantizar sus derechos y desarrollo integral.

Administración de justicia

La justicia ecuatoriana se ejerce por los órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos en la Constitución (art. 167 CRE) y basa su administración en los siguientes principios: independencia interna y externa; autonomía administrativa, económica y financiera; unidad jurisdiccional; administración de justicia gratuito; juicios y decisiones públicos, con excepciones de ley; sistema oral, bajo los principios de concentración, contradicción y dispositivo (art. 168 CRE). El ejercicio de la justicia se realiza mediante el sistema procesal, con garantía del debido proceso, siendo los jueces y juezas los responsables de la administración de justicia.

ORGANISMOS ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Una vez lesionados los derechos de las personas, se activa una estructura jurídica e institucional que, trabajando en forma autónoma pero coordinada, vela por la administración de justicia y busca evitar la impunidad de las infracciones; en nuestro país estos organismos se hallan conformando la Función Judicial y son: Corte Nacional de Justicia, cortes provinciales de justicia, tribunales, juzgados y juzgados de paz (art. 178 CRE). Están integrados principalmente por jueces, conjueces, vocales de las cortes, tribunales y juzgados, Fiscal General del Estado, Defensor Público General, notarios y demás servidoras y servidores conforme lo establecido en la Ley Orgánica de la Función Judicial LOFJ (art. 38 LOFJ). El Consejo de la Judicatura se encarga de administrar, fiscalizar y juzgar a sus integrantes con el fin de garantizar un servicio eficiente.

Corte Nacional de Justicia

Se encarga principalmente de resolver los diferentes recursos de casación y revisión presentados a su consideración (art. 184 CRE), tiene jurisdicción nacional, sus jueces son seleccionados por parte del Consejo de la Judicatura mediante concurso. Está integrada por salas especializadas como son: Contencioso Administrativo y Tributario; Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito; Civil y Mercantil; Laboral; y De la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de acuerdo al Código Orgánico de la Función Judicial (art. 183 COFJ) y se constituye en el máximo organismo en la administración de justicia.

Cortes provinciales

Resuelven básicamente en segunda instancia los recursos de apelación, nulidad y colusorios, funcionan en cada provincia conforme las salas de la Corte Nacional excepto en lo contencioso administrativo y contencioso tributario que se mantienen en los tribunales distritales (art. 208 COFJ).

Tribunales y juzgados

Se ubican en los cantones y poblaciones con base en las necesidades jurídicas; en tanto que los tribunales distritales de lo contencioso administrativo se establecen conforme lo determine el Consejo de la Judicatura en las materias, las salas y el territorio de su competencia; sus deberes y atribuciones se explican el artículo 217 de la COFJ. En este sentido, es deber de la Policía Nacional auxiliar y ayudar a juezas y jueces en sus decisiones o resoluciones, cosa similar ocurre con las instituciones privadas y personas naturales; sopena de incurrir en desacato para quienes estando obligados legal y expresamente de hacerlo se negaran (art. 30 COFJ).

Juezas y jueces de paz

Son ciudadanos respetables, elegidos por la comunidad y reconocidos por el Consejo de la Judicatura, se encargan de resolver conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones (art 189 CRE) para lo cual emplean la conciliación y el diálogo.

Defensoría Pública

Órgano autónomo de la Función Judicial que tiene como fin garantizar el acceso a la justicia de quienes “…por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos” (art. 191 CRE). Además, debe garantizar el derecho a la defensa inclusive del infractor y, en particular, de las personas o grupos vulnerables (mujeres, niños, comunidades indígenas…) conforme se describe en el artículo 286 del COFJ.

Fiscalía General del Estado

También es un órgano autónomo de la Función Judicial que tiene como misión dirigir, de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal penal en los casos de acción penal pública, acusar a los presuntos infractores e impulsar la acusación en el juicio penal, con apoyo de un sistema especializado de investigación, medicina legal, ciencias forenses y personal de investigación civil y policial (art. 195 CRE). Sus funciones se especifican en el art. 282 COFJ, entre las que destacamos: dirigir las investigaciones que realiza la Policía Judicial, el Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y garantizar la defensa de los imputados.

La persecución de los delitos de acción penal pública le corresponden a la Fiscalía y constituyen todos los delitos tipificados en el COIP, a excepción de aquellos tipificados en el artículo 415, que son de acción penal privada y que se siguen únicamente si el ofendidoo víctima mediante querella los denuncia, siendo estos la calumnia, la usurpación, el estupro y las lesiones que produzcan incapacidad o enfermedad de hasta treinta días, exceptuándose de estos los de violencia contra la mujer o el núcleo familiar, con lo cual la ley privilegia el interés individual puesto que la afectación se circunscribe en el ofendido.

Consejo de la Judicatura

Es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial (art. 178 CRE), que tiene como fin asegurar el correcto, eficiente y coordinado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, autónomos y auxiliares de la Función Judicial (art. 254 COFJ). Este organismo no tiene competencia para administrar justicia, pero su importancia radica en que busca garantizar a la ciudadanía un efectivo goce de sus derechos mediante la administración y control de los organismos encargados de ella.

Policía Nacional (PN)

Para hacer efectiva la ley y las resoluciones judiciales es necesario contar con una fuerza que compela al infractor a su observación y cumplimiento. La PN tiene como misión “…atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional” (art. 163 CRE). El mismo cuerpo legal dispone que sus miembros deben ser formados en prevención, investigación y control, sustentado en el respeto a los derechos humanos; por tanto, la protección interna y el mantenimiento del orden público le corresponde a la PN (art. 158 CRE). Para cumplir con esta función, se estructura y organiza en los subsistemas de prevención, investigación e inteligencia antidelincuencial conforme lo establece el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP) (art. 66 COESCOP)2.

El subsistema de prevención; está considerado como el servicio más importante del Estado para mantener la seguridad ciudadana; mediante este servicio se busca evitar la comisión de hechos antes que se produzcan, pues los agravios a las personas y sus intereses conllevan un importante desgaste del Estado en el proceso de judicialización. Operativamente, al ser la primera respuesta ante un auxilio, permite obtener información valiosa del hecho, identificar y obtener datos e indicios, realizar registros o detenciones que son valiosos para la ulterior administración de justicia; incluso el policía preventivo “puede con su actitud y eficacia revertir la situación en la cual se encuentra la víctima” (Viano E., citado por Malchiori H., 2015, p. 24).

El subsistema de investigación policial; actúa bajo la dirección de la Fiscalía General del Estado (FGE) en la investigación preprocesal y procesal penal (art. 70 COESCOP), “con el propósito de reunir o asegurar los elementos de convicción, proteger a víctimas e inocentes, evitar la fuga u ocultamiento de los sospechosos y la consumación de una infracción penal” (art. 68 COESCOP). Entre sus principales atribuciones se hallan: informar de manera inmediata a la Fiscalía del cometimiento de un delito de acción penal pública, recibir denuncias de estos delitos, realizar las primeras diligencias investigativas, aprehender a sospechosos en delito flagrante, realizar el levantamiento e identificación de cadáveres, proteger el lugar de los hechos, entre otros (a. 449 COIP). De no existir este personal, los demás servidores o servidoras de la PN deberán cumplir con estas funciones, con lo cual busca evitar la impunidad, asegurar los “elementos de convicción o prueba”3 y neutralizar las amenazas a la seguridad ciudadana.

Al subsistema de inteligencia antidelincuencial le corresponde: la búsqueda, obtención, sistematización y análisis de la información referida a las amenazas, riesgos y conflictos que afecten a la seguridad ciudadana (art 78 COESCOP), actividades orientadas a controlar la seguridad en los ámbitos de violencia, delincuencia común y crimen organizado, así como asegurar las operaciones policiales mediante los actos de contrainteligencia policial.

Es necesario considerar que toda la estructura jurídica mentada debe contar con el personal, los recursos y la tecnología suficientes para desarrollar diligencias oportunas que permitan la provisión de servicios de justicia básicos para garantizar el estado de derecho en todo el territorio ecuatoriano.

Justicia Indígena

Particular atención merece la justicia indígena en el Ecuador, cuyas normas, procesos y procedimientos tienen su propia concepción, basada en la cosmovisión ancestral de estas comunidades, pueblos y nacionalidades; pero también porque no en pocos casos se ha hecho referencia a esta a la hora de “ajusticiar a los delincuentes” en sectores urbano-marginales de varias ciudades del país, lo que concurrentemente ha traído inconvenientes en los procedimientos policiales e incluso en la competencia en la administración de justicia.