Manual de Historia Política y Social de España (1808-2018) - Miguel Martorell - E-Book

Manual de Historia Política y Social de España (1808-2018) E-Book

Miguel Martorell

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Beschreibung

Un compendio sobre el desarrollo histórico y político de España, que nos lleva a conocer el pasado para comprender el presente. Durante los dos últimos siglos, España ha sufrido un gran número de dificultades y transformaciones hasta alcanzar cierto consenso social no exento de inestabilidad. Ahora, que todo indica que afrontamos una nueva etapa de cambios, parece más útil y necesario que nunca tener una amplia perspectiva del proceso histórico que nos ha llevado al momento actual. Esta obra no pretende abrir debates ni revisar interpretaciones historiográficas, sino que es una narración que recurre a la política como hilo conductor para abordar también la evolución económica y social vivida durante un largo período histórico preñado de guerras, revoluciones, monarquías, repúblicas, dictaduras y democracias de todo tipo.

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© Miguel Martorell y Santos Juliá, 2012, 2014, 2019, 2021.

© de esta edición digital: RBA Libros S.A., 2021. Diagonal, 189 - 08018 Barcelona.

www.rbalibros.com

REF.: ODBO897

ISBN: 9788491878292

Composición digital: Newcomlab, S.L.L.

Queda rigurosamente prohibida sin autorización por escrito del editor cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra, que será sometida a las sanciones establecidas por la ley. Todos los derechos reservados.

Índice

PORTADA

PORTADILLA

CRÉDITOS

PRÓLOGO A LA EDICIÓN DE 2021

PRESENTACIÓN

MANUAL DE HISTORIA POLÍTICA Y SOCIAL DE ESPAÑA (1808-2018)

I. LA REVOLUCIÓN LIBERAL (1808-1843)

II. DEL MODERANTISMO A LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA (1843-1874)

III. RESTAURACIÓN (1875-1902)

IV. EL REINADO DE ALFONSO XIII (1902-1931)

V. LA REPÚBLICA ESPAÑOLA (1931-1939)

VI. LA DICTADURA DEL GENERAL FRANCO (1936-1969)

VII. DESCOMPOSICIÓN DE LA DICTADURA Y TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1969-1982)

VIII. EN DEMOCRACIA (1982-2018)

ORIENTACIONES BIBLIOGRÁFICAS

PRÓLOGO A LA EDICIÓN DE 2021

Este libro vio la luz en 2012. Fue Jorge Martínez Reverte, que entonces dirigía una colección de historia en RBA, quien nos convenció para que lo publicáramos en la editorial, en coedición con la UNED. Siempre quisimos que fuera un texto vivo y por eso, año tras año, hemos ido incorporando mejoras. Los estudiantes universitarios son lectores críticos y sagaces, captan al vuelo las erratas o las carencias, y detectan aquellos párrafos que son menos claros para el lector de lo que hubiéramos querido los autores. Sus sugerencias, siempre bien recibidas, han contribuido a depurar la obra desde la primera reimpresión.

En 2014 emprendimos una reforma de mayor calado. En el capítulo IV explicamos con más detalle la crisis del sistema político de la Restauración. Por otra parte, la primera edición concluía con la caída del gobierno Aznar. Pero en 2014 ya se podía hacer un balance completo de los siete años del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y Santos Juliá se animó a sumar un apartado al último capítulo, que se extendió hasta 2011. De este modo, el contenido ya hacía plena justicia al título, que por aquel entonces era Manual de historia política y social de España (1808-2011).

Desde hace un tiempo Santos y yo estábamos pensando en una revisión general porque considerábamos que algunos procesos políticos y sociales precisaban mayor atención. Era el caso, por citar algunos ejemplos, del conflicto entre clericalismo y anticlericalismo en el siglo XIX, del peso de las movilizaciones sociales en la transición a la democracia o de la negación de la plena ciudadanía a las mujeres en el mundo nacido tras la revolución liberal, así como de los avances y retrocesos en la lucha para conquistar sus derechos a lo largo del siglo XX.

Sin embargo, una empresa de este tipo no se podía resolver con el mero añadido de una sección o de unas líneas. Requería revisar todo el volumen porque algunos de estos ajustes abarcaban su arco cronológico al completo y ello exigía disponer de tiempo, un bien escaso. Convencidos de que el esfuerzo merecía la pena, en 2018 decidimos que acometeríamos la reforma al año siguiente, sin más dilaciones. Mientras tanto, Santos añadió un nuevo epígrafe al último capítulo que llegó ya hasta la moción de censura contra el gobierno de Mariano Rajoy en 2018. Tal ampliación entrañó el cambio del título, que pasó a ser Manual de historia política y social de España (1808-2018). También incorporamos una nueva portada: la fachada del Congreso de los Diputados sustituyó a la cuadrilla de obreros embarcada en la construcción del telégrafo a principios del siglo XX que ilustró los primeros ejemplares.

En los últimos tiempos hablamos con frecuencia sobre las novedades que en breve ambos introduciríamos en el Manual. No pudo ser. Santos enfermó en la primavera de 2019 y falleció en el otoño. La última vez que nos vimos me conminó a poner en marcha el proyecto. Poco después empecé a trabajar en la revisión que llega ahora, en 2021, el mismo año en que también nos ha dejado Jorge Martínez Reverte.

Además de los ajustes en el texto, esta versión cuenta con varias novedades. Figura por primera vez un índice onomástico. También hay otra fotografía en la portada. La imagen de Clara Campoamor arengando a un público femenino ilustra una de las aportaciones centrales de esta etapa: el combate de las mujeres para conquistar los plenos derechos de ciudadanía. La tarea ha requerido retocar en algunos párrafos la parte escrita por Santos. Espero haber sido fiel a las ideas que barajamos y quiero creer que se reconocería en los cambios. A él y a nuestro amigo Jorge, que nos animó a escribir el libro, va dedicada esta nueva edición.

MIGUEL MARTORELL

Madrid, abril de 2021

PRESENTACIÓN

Como su propio nombre indica, este libro es un manual de historia contemporánea de España. Abarca desde el inicio de la revolución liberal, en 1808, hasta la primera década del siglo XXI. No encontrará aquí el lector noticia de los grandes debates historiográficos ni de las distintas interpretaciones acerca de cada período, sino una narración documentada y razonada de los principales acontecimientos políticos y procesos sociales, de los regímenes y de las constituciones y sistemas de partidos que se han sucedido durante estos dos siglos. Una narración que, recurriendo a la política como hilo conductor, aborda también las grandes transformaciones económicas y sociales.

A lo largo de sus páginas, el libro ilustra las dificultades por las que atravesó España hasta alcanzar un amplio consenso social sobre la forma de Estado, dificultades que constituyeron una fuente casi permanente de inestabilidad y de luchas sociales y políticas. Los doscientos años de historia que abarca el manual han sido testigos de tres guerras coloniales, otras tres civiles, varias décadas con el ejército como árbitro en el cambio político, dos dictaduras militares, varias revoluciones —unas más pacíficas, otras más violentas—, regímenes monárquicos absolutistas, liberales y democráticos y dos repúblicas. No faltó entre tanta mudanza una larga etapa de estabilidad entre las últimas décadas del siglo XIX y las primeras del XX hasta culminar finalmente enuna democracia consolidada, asentada durante el último cuarto del siglo pasado sobre un notable grado de consenso. Si tan agitado acontecer político distanció a España en algunas ocasiones de sus más cercanos vecinos europeos, y en otras la aproximó, la transformación de la sociedad siguió sus mismas pautas generales, si bien con cierto retraso que en las últimas décadas prácticamente ha desaparecido.

El texto se divide en ocho capítulos. Miguel Martorell es autor de los cuatro primeros, que comprenden desde el inicio de la revolución liberal, en 1808, hasta la caída de Alfonso XIII en 1931. Santos Juliá ha escrito los otros cuatro, que abarcan desde la proclamación de la Segunda República hasta la moción de censura que ha puesto término al Gobierno del Partido Popular en 2018. Aunque se trata de un texto dirigido a estudiantes universitarios, esperamos que también pueda ser útil para todo lector interesado en conocer la reciente historia española.

MIGUEL MARTORELL y SANTOS JULIÁ

MANUAL DE HISTORIA POLÍTICA

Y SOCIAL DE ESPAÑA

(1808-2018)

I

LA REVOLUCIÓN LIBERAL

(1808-1843)

El 24 de septiembre de 1810, las Cortes reunidas en Cádiz proclamaron en su primera sesión que en ellas residía la soberanía de la nación. Dicha declaración entrañaba, de facto, una revolución, pues trastocaba el orden político vigente según el cual la soberanía era un atributo exclusivo de la monarquía. Además, implicaba la instauración de un nuevo orden económico y social, porque la nación representada en las Cortes era la unión de todos los ciudadanos, iguales en derechos, sujetos a la misma ley, y esto era incompatible con los privilegios estamentales del Antiguo Régimen. Las Cortes de Cádiz no solo sometieron la autoridad del rey a la Constitución; también abordaron el desmantelamiento institucional y jurídico del Antiguo Régimen en nombre de los principios de igualdad y libertad, entendida esta última no solo como libertad política, sino también como libertad económica: la protección de la propiedad privada y el pleno derecho de los individuos a disponer de ella conforme conviniera a sus intereses.

Pero hubo que esperar hasta la década de 1830 para que el proceso iniciado en Cádiz, y que hemos dado en llamar revolución liberal, se consolidara. En 1814, Fernando VII revocó todas las decisiones emanadas de las Cortes y reinstauró la monarquía absoluta, que pervivió durante su reinado salvo un breve interludio liberal entre 1820 y 1823. Muerto el rey, en 1833, la reacción contra el liberalismo prosiguió durante siete años de guerra carlista. La lucha entre liberalismo y reacción define las primeras décadas del siglo XIX español. También estos años conforman un largo ciclo bélico que comenzó en 1808 y culminó en 1840, a lo largo del cual se sucedieron tres guerras: la guerra contra los franceses entre 1808 y 1814, la guerra de emancipación de las colonias americanas entre 1810 y 1825 y la guerra carlista entre 1833 y 1840. Un estado de guerra casi permanente que acabó otorgando excesivo protagonismo al ejército en la vida política.

1. GUERRA Y REVOLUCIÓN: 1808-1814

Al comenzar el último cuarto del siglo XVIII España todavía era una primera potencia mundial. Cierto es que en 1713, en virtud del Tratado de Utrecht, había perdido sus posesiones europeas, pero aún conservaba las Indias y ello confería a la monarquía española importantes recursos económicos y una posición estratégica envidiable. Para una metrópoli relativamente débil no resultó fácil preservar las colonias americanas, máxime cuando se trataba de un botín codiciado por Gran Bretaña, el gran imperio marítimo del siglo. Ello fue posible, en buena medida, gracias a la alianza diplomática con Francia, la principal rival inglesa. Una alianza que convenía a Francia y a España, cuyas fuerzas unidas contrapesaban a las británicas.

La Revolución francesa trastocó este equilibrio. Cuando Luis XVI fue destronado, España se sumó a la coalición de países que intentaron contener la revolución —entre los que figuraba Gran Bretaña— y declaró la guerra a Francia. La Guerra contra la Convención —el gobierno revolucionario francés— contó con el respaldo de buena parte de la nobleza y, sobre todo, de la Iglesia, que había combatido durante el siglo XVIII la filosofía racionalista propugnada por la Ilustración, y que pretendía neutralizar el influjo de la Revolución francesa. La contienda se extendió entre 1793 y 1795, se saldó con la derrota española y se cerró con la Paz de Basilea, por la que España reconoció a la República Francesa. La Paz de Basilea marcó el retorno a la tradicional política de pacto entre ambos países. No obstante, la relación no volvió a ser la misma: Francia había demostrado su superioridad militar y en adelante el pacto se planteó, de hecho, en términos de subordinación de España, que hubo de secundar la aventura imperial de Napoleón. Política que tuvo graves consecuencias, como los asaltos de la flota británica a diversos puertos de la Península y las colonias (Ferrol, 1800; Buenos Aires, 1806-1807) o la destrucción de la Armada española en la batalla de Trafalgar, que enfrentó a los británicos contra franceses y españoles en 1805.

Tanto la guerra contra Francia como el posterior acuerdo transcurrieron durante el mandato de Manuel Godoy, Príncipe de la Paz, designado en 1792 por Carlos IV secretario de Estado, el cargo institucional que entonces ejercía la dirección del poder ejecutivo. La gestión de Godoy desató una formidable resistencia. La Iglesia y los sectores más tradicionales de la sociedad rechazaron la alianza con la República y, posteriormente, el Imperio francés. También combatieron a Godoy porque trató de desarrollar parte del programa de la Ilustración, y porque quiso afianzar la autoridad de la monarquía y limitar el poder de la Iglesia. Una política que le llevó, entre otras medidas, a recortar las facultades de la Inquisición y a desamortizar en 1798 los bienes eclesiásticos pertenecientes a hospitales, hospicios y obras pías. Asimismo, la nobleza palaciega se escindió en dos bandos enfrentados: uno favorable a Godoy y otro, desplazado del poder, agrupado en torno al heredero del trono, el príncipe Fernando, futuro Fernando VII. Además de cuestionar su acción de gobierno, los enemigos de Godoy le reprochaban su meteórico ascenso y la acumulación de poder adquirido en pocos años, que atribuían a los favores de la reina. Esta combinación de crítica ideológica y condena moral hundió la popularidad del Príncipe de la Paz.

El 17 de marzo de 1808 una revuelta conocida como Motín de Aranjuez, auspiciada por los nobles reunidos en torno a Fernando y por la Iglesia, y protagonizada por soldados, campesinos y palatinos, obligó a Carlos IV a destituir a Godoy. Dos días después, forzado por los disturbios, Carlos IV abdicó en su hijo Fernando VII. Mas antes de que esto ocurriera Napoleón ya había perdido la confianza en el rey y en la inestable corte, y pretendía asegurar la subordinación del país a los intereses franceses transformando a España en un estado satélite, con un gobierno títere, como había hecho con otras monarquías europeas. El 27 de octubre de 1807, España y Francia firmaron el Tratado de Fontainebleau, por el cual acordaron invadir Portugal —aliado de Gran Bretaña—, que permitía el tránsito por España del ejército francés camino del país vecino. Pero conforme la armada francesa fue penetrando en territorio español comenzó a comportarse como un ejército de ocupación, estableciéndose en enclaves estratégicos. La abdicación de Carlos IV precipitó los planes de Napoleón. En abril de 1808, Carlos IV y Fernando VII sometieron el pleito por el trono al arbitraje del emperador, que les citó en la ciudad francesa de Bayona. Allí, obligó a Fernando a devolver la corona a su padre; después, Carlos IV abdicó en Napoleón y este, a su vez, cedió los derechos del trono a su hermano José Bonaparte. Tanto Carlos IV como Fernando VII permanecieron retenidos en Francia hasta el final de la guerra.

1.1. Levantamiento contra los franceses

y organización de los rebeldes

El levantamiento contra los franceses partió de las clases populares y de los notables locales. Comenzó como una serie de motines espontáneos, pero su reiteración y su rápida extensión por todo el país permiten entrever cierto grado de inducción o, cuando menos, de coordinación. Es probable que el detonante fuera la presión de las tropas de ocupación sobre la población civil, la obligación de mantener a un ejército depredador de alimentos y bienes de consumo básico, máxime cuando el país había atravesado recientemente por un ciclo de hambrunas y malas cosechas. Ya en abril hubo revueltas en ciudades como León o Burgos, si bien, tras el levantamiento de Madrid, el 2 de mayo de 1808, las acciones contra los ocupantes se propagaron por toda España.

La difusión de las noticias sobre la represión ejercida por el ejército invasor en Madrid y en otras localidades alentó la insurrección. Asimismo, la sublevación tuvo cierta continuidad con el motín que derribó a Godoy en marzo de 1808: quienes entonces habían combatido la alianza con Napoleón se unieron de nuevo contra el enemigo del norte. Un sector mayoritario de la Iglesia, que consideraba en peligro la religión y la tradición ante la ola secularizadora proveniente de Francia, vivió el levantamiento como una cruzada. El bajo clero fue un eficaz agente movilizador: su agitación y sus proclamas resultaron cruciales para transformar una serie de revueltas aisladas en una acometida general contra los franceses, que prendió con fuerza en medios populares.

Las instrucciones de Fernando VII al marchar hacia Bayona fueron terminantes: mientras él estuviera fuera del país, las instituciones españolas debían cooperar con los generales galos. En un primer momento la administración en pleno acató la orden: desde el Consejo de Castilla hasta los corregidores municipales. Pero conforme avanzó el levantamiento, las instituciones, emplazadas entre los rebeldes y un ejército francés resuelto a combatir con dureza la sublevación, perdieron el control de la situación y se volvieron inoperantes. El resultado fue un vacío de poder: con la desorientación producida por el reciente trasvase de coronas, el rey ausente y el país en estado de preguerra, el entramado institucional del Antiguo Régimen se desmoronó y los sublevados ocuparon el espacio que dejó la vieja administración.

Al extenderse la insurrección, en las ciudades y pueblos alzados se fueron formando juntas locales. Integraban dichas juntas los varones destacados de cada ciudad o municipio: propietarios, comerciantes, clérigos, abogados y nobles, muchos con experiencia en las instituciones del Antiguo Régimen. De este modo, las élites locales, gentes de orden y extracción social conservadora, asumieron el control de una revuelta popular en su origen. Nacidas para solventar una situación imprevista, las juntas tuvieron un carácter provisional y por ello limitaron su actividad a organizar la resistencia, sostener el esfuerzo de guerra, garantizar la intendencia y preservar el orden público. Sin embargo, su mera existencia entrañaba un cariz revolucionario, pues, a diferencia de las instituciones del Antiguo Régimen no eran un poder designado por la Corona, sino constituido desde abajo, y por eso establecieron una nueva lógica política: el ejercicio de la soberanía de facto por instituciones cuya legitimidad no provenía de la monarquía.

Las juntas locales resultaron eficaces al inicio del levantamiento. No obstante, para hacer frente al ejército imperial hacía falta algo más que una pléyade de instituciones municipales dispersas. De ahí que las juntas de los pueblos y ciudades fueran, poco a poco, coordinando su acción y agrupándose: mediado el verano había dieciocho juntas provinciales en la mitad sur de la Península, territorio controlado por los rebeldes. El 25 de septiembre de 1808 las juntas provinciales dieron un paso más y se unieron en una Junta Suprema Central, presidida por el conde de Floridablanca, antiguo secretario de Estado con Carlos IV.

1.2. La Guerra de la Independencia

La sublevación contra los franceses obligó a las juntas a buscar la alianza de Gran Bretaña. Desde este punto de vista, la Guerra de la Independencia fue un hito importante dentro de un conflicto de escala global: la serie de guerras por la hegemonía europea que comenzaron en 1792 con la coalición entre Gran Bretaña y las grandes monarquías centroeuropeas para contener la Revolución francesa, y que culminaron con la derrota de Napoleón en 1815. Asimismo, entronca con la arraigada rivalidad franco-británica que condicionó la política internacional durante todo el siglo XVIII. Los británicos siempre percibieron su dimensión europea y se refirieron a ella como «la guerra peninsular», pues las operaciones militares transcurrieron en territorio español y portugués. Desde un punto de vista europeo, también fue la primera de las «guerras nacionales», relativamente similar a otras dos libradas contra los franceses: la Gran Guerra Patria rusa (1812) y la Guerra de Liberación alemana (1813). Cada una de estas guerras reforzó en sus respectivos países la identidad nacional, asentada sobre el rechazo a la subordinación a Francia, pero también sobre la defensa de la tradición y la resistencia a los cambios políticos y sociales que entrañaba el sistema napoleónico, herencia de la Revolución francesa.

A grandes rasgos, el discurrir de la guerra puede dividirse en tres grandes fases. En una primera fase, en el verano de 1808, las juntas contuvieron al ejército francés. En junio había en la Península 165.000 soldados imperiales. El 19 de julio de 1808 el ejército organizado por las juntas de Sevilla y Granada, al mando del general Castaños, venció al general Dupont en la batalla de Bailén. Tras la derrota, José Bonaparte dejó Madrid y las tropas francesas se replegaron al norte del río Ebro. Además, los franceses abandonaron Portugal, derrotados por las fuerzas conjuntas britano-lusas al mando del duque de Wellington. La segunda fase, que se extendió entre el otoño de 1808 y el inicio de 1812, fue de dominio imperial. En noviembre de 1808 Napoleón asumió personalmente las operaciones en la Península y penetró en España con 300.000 soldados. Ocupó Aragón y Cataluña, aunque Zaragoza y Girona resistieron hasta febrero y diciembre de 1809, respectivamente. El 4 de diciembre de 1808 entró en Madrid; un año después, en el invierno de 1809 los ejércitos franceses dominaban toda España, a excepción de Cádiz que resistió la avalancha. Sin embargo, no pudieron conquistar Portugal. La tercera y última fase comenzó en 1812. La posición francesa se debilitó por el envío de tropas a Rusia y Wellington contratacó desde Portugal. En la primavera expulsó a los franceses de Extremadura y en julio derrotó al ejército imperial en los Arapiles. El 21 de junio de 1813 volvió a vencer en Vitoria y el ejército francés huyó a Francia, junto con el rey José. El 11 de diciembre de 1813 Napoleón liberó a Fernando VII, le restableció en el trono y firmó con él un tratado de paz y amistad franco-española.

Fue una guerra desordenada y caótica, librada en muchos frentes y con estrategias militares diversas. Tras la batalla de Bailén, el ejército regular español apenas tuvo protagonismo: buena parte de las tropas se desmovilizaron cuando la armada francesa ocupó la Península y el resto actuaron en adelante subordinadas al ejército británico. La principal fuerza de choque española fue la guerrilla y su mérito consistió en debilitar al ejército francés, minar su moral acechando a sus destacamentos, atacando convoyes de abastecimiento, hostigando a los ciudadanos españoles para que no colaboraran con los ocupantes... Los guerrilleros se asentaban en zonas abandonadas por los franceses o en territorios arriscados y de difícil acceso, y atacaban al estimar que con sus pocos efectivos podían dañar al enemigo. Solían actuar en zonas rurales; rara vez combatían en las ciudades. La mayoría eran soldados licenciados o desertores, gente sin recursos que obtenía un beneficio del pillaje contra los franceses y recibía por ello recompensa de las juntas, así como la consideración de patriotas. Dada su condición de tropas informales es difícil saber cuántos guerrilleros hubo, aunque debieron rondar en torno a 30.000, diseminados por todo el país, agrupados en pequeñas partidas o en grandes formaciones como la de Espoz y Mina, que contó con 8.000 hombres.

También fue una guerra larga y destructora: Francia perdió unos 200.000 hombres y España entre 300.000 y 500.000. Y resultó muy costosa. Los ejércitos contendientes y las guerrillas se aprovisionaron sobre el terreno mediante requisas. La devastación y los robos diezmaron la producción agraria, mientras que los campesinos no se animaron a cultivar por la incertidumbre. Las cosechas de 1811 y 1812 fueron malas y escasas. La falta de subsistencias extendió el hambre y provocó una intensa crisis de mortalidad en 1812. No solo cayó la producción agrícola. Hubo industrias que casi desaparecieron, como la textil lanera de Castilla, ya que los rebaños de ovejas merinas sirvieron para alimentar a las tropas. El transporte de mercancías se paralizó, pues los bueyes, mulos, caballos y otros animales de tiro fueron incautados por los militares. Además, la guerra generó un fuerte déficit en las finanzas públicas: en 1815 la deuda estatal superaba los 12.000 millones de reales, cifra veinte veces superior a los ingresos anuales ordinarios.

1.3. Las mujeres en la insurrección y la guerra contra

los franceses

No faltaron las mujeres que tuvieron un papel destacado en la insurrección contra los franceses. No siempre es fácil desentrañar cuánto hay de cierto y cuánto de mítico en las heroicas hazañas que se les atribuyen, hazañas que se incorporaron pronto a la tradición popular, que fueron glosadas a lo largo del siglo XIX por literatos y pintores, y que se incorporaron al repertorio de mitos nacionales. Algunas de estas mujeres pertenecían a las clases populares y sus acciones encajan en los modos tradicionales de participación femenina en motines relacionados con el alza de los precios o la escasez de los alimentos. Debió de ser bastante habitual la escena que contaba el escritor aragonés José Mor de Fuentes, testigo de la revuelta en Madrid: «En esto se aparece una mujer de veinticinco a treinta años, alta, bien parecida, tremolando un pañuelo blanco; se pone a gritar descompasadamente: “armas, armas”, y todo el pueblo repitió la voz, yendo continuamente a más el enfurecimiento general». A este patrón popular responde la bordadora madrileña Manuela Malasaña, a la que unos relatos sitúan en Madrid ayudando a los defensores del Parque de Artillería de Monteleón y otros atacando a los franceses con sus tijeras. O Clara del Rey, que habría caído apoyando a los defensores del mismo cuartel. Ambas murieron el 2 de mayo.

Las mujeres también tuvieron un notable protagonismo en las ciudades sitiadas de Zaragoza y Girona, donde prácticamente se movilizó toda la población. Famosa es la imagen de Agustina de Aragón disparando el cañón, pero otras, como Casta Álvarez, también tomaron las armas en la capital aragonesa. Aunque tampoco fue lo más habitual: lo normal es que su participación en las acciones bélicas tuviera lugar en tareas auxiliares. María de la Consolación Azlor, condesa de Bureta, por ejemplo, creó en Zaragoza el Cuerpo de Amazonas, destinado a cuidar a los heridos y aprovisionar a las tropas. Funciones similares desempeñó en Girona la Compañía de Mujeres de Santa Bárbara. A lo largo de la contienda, sobre todo en sus primeros momentos, destacaron mujeres como Manuela Sancho, proveedora de bienes a los combatientes en Zaragoza; Juliana Larena, enfermera en la misma ciudad; María Bellido, aguadora en la batalla de Bailén. Algunas colaboraron prestando información a las guerrillas, como fue el caso de María García, «La Tinajera», en Ronda.

Menos frecuentes fueron las que contribuyeron con la pluma a la guerra contra los franceses. Su presencia en la esfera literaria era una herencia de la sociedad ilustrada del siglo XVIII en la cual las mujeres de cierto rango tuvieron más posibilidades de participar en la vida pública que en el siglo XIX que estaba comenzando. Fue el caso de Frasquita Larrea, que alentó desde Cádiz a los resistentes con varios folletos, entre los que cabe destacar Una aldeana española a sus compatriotas (1808) o Saluda una andaluza a los vencedores de los vencedores de Austerlitz en los campos de Bailén (1808). Larrea presidió, además, una tertulia liberal de orientación conservadora durante el tiempo en que allí se reunieron las Cortes. También estuvo en el Cádiz constitucional la portuguesa María del Carmen Silva, donde dirigió durante un tiempo el periódico El Robespierre Español. Antes de instalarse en Cádiz, Silva había liberado en 1808 en Lisboa a varios soldados españoles presos por los franceses.

1.4. El reinado de José I

Cuando Fernando VII partió hacia Bayona, en mayo de 1808, dispuso que todas las instituciones cooperaran con las autoridades francesas. En aras de dicha colaboración, el Consejo de Castilla aceptó la convocatoria en la localidad francesa de Bayona de una Asamblea de Notables españoles, a pro- puesta del emperador. El propio Consejo organizó la Asamblea, para la que fueron elegidos 150 individuos del clero, la nobleza, las ciudades, instituciones militares y económicas y las universidades. De estos 150 solo acudieron a Bayona 65. La Asamblea ratificó el acceso a la Corona de José I y aprobó con pocos cambios un texto constitucional, elaborado por el entorno de Napoleón. La mayoría de los notables que asistieron a Bayona no percibieron ninguna contradicción entre su patriotismo y la colaboración con el nuevo rey. Al fin y al cabo, el relevo en la titularidad de la Corona se había efectuado por una cesión voluntaria, al menos en apariencia. Por otra parte, no era la primera vez que una dinastía extranjera ceñía la Corona española: al comenzar el siglo XVIII la familia de los Borbones vino a España desde Francia, después de que el último Habsburgo, Carlos II, falleciera sin descendencia.

José Bonaparte promulgó el Estatuto de Bayona el 7 de julio de 1808. Como texto constitucional se encuadra entre las denominadas cartas otorgadas porque no fue producto de un acto soberano de la nación reunida en Cortes, sino una concesión regia. El texto estaba imbuido de un espíritu reformista, acorde con el ideario ilustrado, pero adaptado a la realidad española para ganar el apoyo de las élites del Antiguo Régimen. Reconocía la confesionalidad católica del Estado y la prohibición de practicar cualquier otra religión. No contenía una declaración expresa sobre la separación de poderes, pero invocaba la independencia del poder judicial. El poder ejecutivo residía en el rey y en sus ministros. Las Cortes eran estamentales, al modo del Antiguo Régimen, integradas por el clero, la nobleza y el pueblo. Salvo en lo tocante al presupuesto, su capacidad para elaborar leyes estaba mediatizada por el poder del monarca. De hecho, el rey solo estaba obligado a convocar a las Cortes una vez cada tres años. No contenía referencias expresas a la igualdad jurídica de los ciudadanos, aunque sí las había implícitas al prescribir la igualdad ante el impuesto, la abolición de los privilegios y la igualdad de derechos entre los españoles de América y la metrópoli. Asimismo, la Constitución reconocía la libertad de industria y de comercio, la supresión de privilegios comerciales y la eliminación de las aduanas internas.

Conforme se extendió la revuelta contra la ocupación, muchos de los que cooperaron al principio con la dinastía Bonaparte abandonaron sus filas. Pero junto al rey José I permanecieron numerosos españoles, que nutrieron su administración y que fueron conocidos como afrancesados, cuya mera existencia confiere a la Guerra de la Independencia un carácter de guerra civil. Los afrancesados eran herederos del reformismo ilustrado y vieron en la llegada de los Bonaparte la posibilidad de modernizar el país. Muchos habían ejercido responsabilidades de gobierno con Carlos IV. Era el caso, por ejemplo, de Francisco Cabarrús, antiguo responsable de las finanzas, o de Mariano de Urquijo, secretario de Estado. Pero también había escritores, como el dramaturgo Leandro Fernández Moratín, eruditos como Juan Antonio Llorente o el matemático Alberto Lista, y músicos, como Fernando Sor. Amén de una pléyade de burócratas y militares de menor relieve.

No faltaron, tampoco, los aristócratas españoles que se integraron con toda naturalidad en la corte del rey José I como lo hubieran hecho en la de cualquier otro monarca. Un ejemplo claro es el de la española nacida en Cuba Teresa Montalvo y O’Farrill, condesa de Jaruco. La condesa, sobrina del general Gonzalo O’Farrill, ministro de la Guerra de José I, había presidido un importante salón literario en su palacio de Madrid desde comienzos de siglo, que siguió en activo bajo el reinado de José Bonaparte. Afrancesada fue también Ana Rodríguez de Carasa, esposa de O’Farrill y mujer de letras, quien reconoció en una carta su entusiasmo por la revolución «que empezó en Francia en 1789», convencida de que gracias a ella «los hombres más ilustrados de Francia y aun de Europa, ayudados de las luces esparcidas por los escritores del siglo XVIII, iban a conducir a los hombres a la mayor felicidad».

Otros muchos nobles permanecieron en las ciudades que cayeron en manos de los franceses y, para salvar su importante patrimonio, amenazado con la confiscación si abrazaban la causa rebelde, se sumaron a la vida social y cultural que organizaron los invasores. «Un importante número de grandes nombres, sobre todo de mujeres, se han quedado en Sevilla» tras la ocupación, constató un testigo francés de la época. Fue el caso, por ejemplo, de María Teresa Fernández de Híjar, marquesa de Ariza, casada en primeras nupcias con Jacobo Felipe Fitz-James Stuart, duque de Berwick.

A lo largo de la guerra, José I trató de ejercer plenamente su potestad como rey de España, preservando cierta autonomía para su gobierno frente a los designios de su hermano Napoleón. En este sentido, muchos afrancesados creyeron que la única posibilidad de mantener la independencia nacional pasaba por colaborar con la nueva dinastía, pues cuanto mayor fuera la resistencia frente a los franceses, mayor sería la subordinación del reino al ejército imperial, y de la política a las necesidades de la guerra. De hecho, esto último fue lo que ocurrió: aunque en el territorio dominado por el rey José una administración racional y moderna reemplazó a las instituciones del Antiguo Régimen, el permanente estado de guerra reforzó el poder de los mariscales franceses, que apenas permitieron actuar a las autoridades civiles. Al final de la contienda, cuando las tropas imperiales regresaron a Francia, partieron con ellas hacia el exilio entre 10.000 y 12.000 españoles que habían colaborado, de uno u otro modo, con la administración de José I.

1.5. Las Cortes de Cádiz

El 19 de noviembre de 1809 las tropas imperiales derrotaron al ejército de la Junta Central en Ocaña, y los franceses tuvieron el paso franco hacia Andalucía. La Junta se retiró a Cádiz y el 29 de enero de 1810, desacreditada por las derrotas militares, se disolvió y dio paso a una regencia, ejercida en nombre de Fernando VII. Para reforzar su posición institucional y adquirir mayor legitimidad, la regencia decidió convocar Cortes y tras un intenso debate acordó que fueran unicamerales, y electas por sufragio censitario —solo podían votar quienes tuvieran un determinado nivel de renta— e indirecto. Se reunieron por primera vez en Cádiz, en la Isla de León, el 24 de septiembre de 1810.

La guerra impidió que se celebrara la elección en muchos distritos y un elevado número de diputados fue elegido por ciudadanos de las correspondientes provincias residentes en la ciudad. Poco más de trescientos diputados participaron en aquellas Cortes: abundaban los profesionales liberales y los funcionarios, civiles o militares, y un tercio eran eclesiásticos. Tal cantidad hombres de la Iglesia no debe hacer pensar en un bloque homogéneo: a principios del siglo XIX la carrera eclesiástica era una vía atractiva para la promoción social, o para acceder a la mejor formación cultural, y por ello convivían en el clero personas con distintas visiones del mundo y la política, que se distribuyeron entre las diversas tendencias representadas en la cámara legislativa.

En estos primeros pasos del parlamentarismo aún no existían los partidos políticos, pero la mayoría de los diputados convocados en Cádiz se encuadraba en tres corrientes. Los absolutistas querían que la soberanía radicara exclusivamente en el monarca, cuyo poder no debía tener ninguna restricción, y consideraban que las Cortes habrían de limitarse a recopilar y sistematizar las leyes. Los jovellanistas, cuyo nombre proviene del político y pensador ilustrado Gaspar Melchor de Jovellanos, abogaban por la soberanía compartida entre el rey y las Cortes, y ello les convierte en los precursores del liberalismo moderado y conservador que se desarrolló en el siglo XIX. Pensaban que las Cortes debían ser bicamerales, aceptaban la división de poderes y asumían buena parte del programa reformista de la Ilustración. El tercer grupo era el de los liberales. No eran mayoría, pero formaban un equipo cohesionado, con notable formación intelectual y capacidad de iniciativa. Entre sus filas figuraban el sacerdote Diego Muñoz-Torrero, el abogado Agustín de Argüelles, el historiador conde de Toreno, el escritor y político Antonio Alcalá Galiano o el poeta Manuel José Quintana. Más activos, militantes y elocuentes que el resto de los grupos, consideraban que la soberanía debía recaer exclusivamente en la nación, representada en las Cortes, y lograron imponer sus tesis.

El 24 de septiembre de 1810, en su primer decreto, las Cortes proclamaron que eran depositarias del poder de la nación y que, por tanto, se erigían como poder constituyente, principio plasmado también en el artículo tercero de la Constitución de 1812: «La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales». Dicha proclama entrañaba la creación de un orden jurídico y político nuevo, revolucionario, pues subvertía los fundamentos del pensamiento político tradicional, que atribuía la plena soberanía al rey. También establecía un nuevo orden económico y social, pues la certeza de que todos los ciudadanos que integraban la nación eran iguales en derechos y estaban sujetos a la misma ley obligaba a liquidar los privilegios estamentales que conformaban la sociedad del Antiguo Régimen.

La teoría política de los liberales se inspiraba en distintas fuentes: Montesquieu y la escuela de derecho natural del siglo XVIII, el pensamiento ilustrado, las obras de Jeremy Bentham... Por encima de todo, era evidente la influencia de la Revolución francesa: tanto de la Declaración de Derechos de 1789, como de la Constitución de 1791. Sin embargo, en plena guerra contra Francia, la revolución que impulsaban los liberales no podía asumir como propia la inspiración gala. De hecho, los liberales se hallaban entre dos frentes, cercados en lo militar por las tropas imperiales y en lo ideológico por los defensores del absolutismo, que recelaban de la herencia ilustrada. De ahí que legitimaran su discurso y su programa político en la tradición: no había nada en la obra de las Cortes de Cádiz, argumentaban, que no se asentara sobre la historia patria. Al no poder invocar los principios de la Ilustración ni de la Revolución francesa, se remontaron al pasado, a una Castilla medieval en la cual los reyes, supuestamente, habrían visto limitado su poder absoluto por las Cortes. Construyeron una imagen idealizada de la historia castellana cuya máxima representación recaía en los Comuneros, mártires contra el poder absoluto de Carlos I; la imagen de una Castilla cuya decadencia comenzó al perder la libertad bajo la dinastía de los Habsburgo.

Las Cortes aprobaron la nueva Constitución el 19 de marzo de 1812. Constaba de 384 artículos organizados en diez títulos. El principio de que la soberanía reside en la nación, compuesta por ciudadanos libres e iguales, vertebra todo el texto. Así, el artículo 4º sostiene que la nación «está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen». No contiene una declaración explícita de derechos, pero los principales derechos y libertades figuran en el articulado y su reconocimiento también entrañó cambios revolucionarios, pues construía un mundo radicalmente nuevo. Hábitos y actitudes que hoy parecen cotidianos eran imposibles antes de ser reconocidos por vez primera en Cádiz. Por ejemplo, la libertad de imprenta, instaurada por el decreto del 10 de noviembre de 1810, que garantizaba a toda persona la «libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión y aprobación alguna anteriores a la publicación». Un derecho que las Cortes estaban obligadas a proteger, según el artículo 131 de la Constitución, que rompía con la censura previa de todos los textos ejercida por el gobierno y por la Iglesia, y cuyo ejercicio propició el florecimiento de la prensa y el nacimiento de la opinión pública.

La Constitución también proclamó la igualdad jurídica de todos los españoles —igualdad que, se daba por sobreentendido, aludía solo a los varones—, la inviolabilidad de su domicilio, las garantías penales y procesales y abolió la tortura. Promulgó el derecho a la educación, un bien público por el que debía velar el Estado, y por eso estableció la creación de escuelas primarias en todos los municipios, así como un Plan General de Enseñanza —una ley general de educación— común a todo el país. Otra innovación radical fue la igualdad de los ciudadanos ante el impuesto. En la sociedad del Antiguo Régimen, el pago o la exención de los tributos dependía de la adscripción a uno u otro estamento, o del régimen señorial vigente en cada territorio.

Asimismo, estableció en su artículo 339 que las contribuciones «se repartirán entre todos los españoles con proporción a sus facultades, sin excepción ni privilegio alguno». También reconoció la plena igualdad entre los ciudadanos de la Península y las colonias americanas. Más restrictiva fue en lo tocante a la libertad religiosa. Al fin y al cabo, un tercio de los diputados eran eclesiásticos y por ello sostuvo que la religión de la nación española era la «católica, apostólica y romana, única verdadera», protegida por la ley, y prohibió el ejercicio de cualquier otra. Esto no impidió que las Cortes racionalizaran las relaciones entre Iglesia y Estado: la Iglesia perdió algunos privilegios, como la censura previa de las publicaciones, un decreto del 22 de febrero de 1813 abolió la Inquisición y varias órdenes monásticas fueron incluidas en los decretos desamortizadores.

Si todos los ciudadanos que integraban la nación eran libres, todos debían participar en las decisiones que afectaban a su futuro. Por eso la Constitución estableció el sufragio universal masculino para las elecciones a Cortes. Sufragio universal relativo, limitado a los varones mayores de veinticinco años. Era, además, un modelo complejo de sufragio indirecto, estructurado en tres niveles: la parroquia, el municipio y la provincia. Los ciudadanos votaban a los compromisarios de la parroquia, estos elegían compromisarios municipales y los municipales a los provinciales, que designaban a los diputados a Cortes. Un modelo similar se aplicó a la elección de ayuntamientos y diputaciones provinciales.

Inspirándose en la filosofía política del siglo XVIII, la Constitución estableció la división de poderes: el ejecutivo recaía en manos del rey y sus secretarios de despacho, o ministros, el legislativo lo ejercían las Cortes unicamerales y el judicial era potestad de tribunales de justicia independientes, comunes a toda la nación. Como consecuencia del principio de soberanía nacional, la legitimidad del monarca no provenía del origen divino de su poder, sino de la nación reunida en Cortes y de las leyes que estas promovieran. Más allá de esta premisa, el texto constitucional reflejaba el recelo liberal hacia la tentación absolutista de los monarcas, en general, y la desconfianza en Fernando VII, en particular. El rey solo conservaba aquellas funciones que las Cortes no podían ejercer por sí mismas. Era la cabeza oficial del poder ejecutivo, pero el principio de responsabilidad ministerial sentaba las bases para que delegara la toma de decisiones: la responsabilidad de los actos regios recaía sobre el gobierno, pues los ministros debían refrendar con su firma toda decisión del monarca.

También el artículo 172 limitaba la autoridad real: el rey no podía impedir la reunión de las Cortes, ni suspenderlas, ni disolverlas, «ni embarazar sus sesiones y deliberaciones»; no podía abandonar el reino, ni abdicar, ni firmar tratados internacionales sin permiso parlamentario; no podía conceder ningún privilegio, ni «privar a ningún individuo de su libertad, ni imponerle por sí pena alguna». Apenas podía vetar las decisiones de las Cortes, ni modificar la Constitución, y su gobierno debía rendir cuentas ante el pleno o ante la diputación permanente si las Cortes no estaban reunidas. Aunque era jefe nominal de las fuerzas armadas, la organización de estas correspondía a las Cortes. La Constitución instituyó un ejército permanente, defensor de las fronteras exteriores, y una Milicia Nacional, ciudadana; una fuerza armada cuya principal misión era, según la definió el liberal Agustín de Argüelles, «la protección de la libertad en el caso de que se conspire abiertamente contra la Constitución».

Además de la Constitución, las Cortes de Cádiz promulgaron entre 1810 y 1813 varios decretos que desmantelaban las estructuras económicas y sociales del Antiguo Régimen. Un decreto del 6 de agosto de 1811 abolió el régimen señorial, célula básica de la organización local; medida de trascendental importancia que debía preceder a la aprobación de la Constitución. En el Antiguo Régimen, aproximadamente la mitad de la población española vivía bajo el régimen señorial. Los señores feudales tenían plena potestad para administrar justicia y nombrar autoridades en los señoríos sometidos a su jurisdicción. Así, cada señorío se regía por sus propias leyes, tenía sus propios órganos de justicia y sus propios sistemas tributarios, pues los señores percibían de sus vasallos rentas derivadas del ejercicio de su jurisdicción: tasas judiciales, monopolios locales, derechos de peaje, tasas por la caza, la pesca, el uso de pastos o de molinos... Los vasallos también debían realizar prestaciones personales, como trabajar algunos días en las tierras, molinos o fábricas del señor.

El decreto del 6 de agosto abolió los señoríos jurisdiccionales, es decir, la potestad de los señores para ejercer justicia y realizar nombramientos administrativos: en adelante, tal y como reguló la Constitución, administrarían la justicia tribunales independientes, comunes para toda la nación. Los señores dejaron también de designar a las autoridades locales, pues la Constitución estableció que debían ser electas por sufragio universal masculino, y de percibir prestaciones personales y rentas derivadas del ejercicio de la jurisdicción. A cambio, y para asegurar el respaldo de la nobleza al régimen liberal, vieron reconocido su derecho a poseer los señoríos territoriales o solariegos, es decir, aquellos sobre los cuales pudieran documentar su propiedad. Reconocimiento que generó un problema, pues muchos señores reivindicaron la posesión de señoríos cuyos supuestos derechos sobre ellos se remontaban a siglos atrás y cuyos títulos de propiedad no se conservaban, o de aquellos señoríos sobre los que tradicionalmente habían ejercido algún tipo de jurisdicción. Y ello provocó litigios con los campesinos, que también reclamaban la propiedad de estas tierras. Hasta mediada la década de 1830 no se establecieron los criterios definitivos para resolver los pleitos sobre la propiedad de numerosos señoríos.

Según advertía en su preámbulo, el decreto del 6 de agosto de 1811 pretendía «remover los obstáculos que hayan podido oponerse al buen régimen de aumento de población y prosperidad de la Monarquía española». Mejorar la producción económica, acrecentar la riqueza, crear un mercado nacional: ese fue también el objetivo del decreto del 8 de junio de 1813 que dispuso la plena libertad para el establecimiento de fábricas y el ejercicio de cualquier industria, un derecho coartado hasta la fecha por los gremios, instituciones socioeconómicas que agrupaban a comerciantes e industriales, controlaban férreamente la actividad productiva e impedían la libre competencia.

Para asentar la libertad de comercio e industria, otros decretos abolieron las aduanas interiores (aún existían aduanas entre algunos territorios) y proclamaron la libertad de contratación, arrendamiento y comercialización de los productos. Otro permitió la libre utilización de la tierra sin ningún impedimento, autorizando a los propietarios a cercar sus fincas, algo que hasta la fecha tampoco era posible debido a los privilegios del Real Concejo de la Mesta, institución que agrupaba a los ganaderos y garantizaba el paso franco de las manadas por todo el país. Pero además de promover la actividad económica y dotar de flexibilidad al mercado, el Estado también necesitaba captar nuevos recursos para financiar la guerra. De ahí que un decreto del 13 de septiembre de 1813 confiscara las posesiones de los afrancesados y desamortizara y convirtiera en bienes nacionales las propiedades de los jesuitas, de las órdenes militares, de los conventos y monasterios extinguidos, disueltos o reformados durante la guerra —incluidos los suprimidos por el gobierno de José I— y de la abolida Inquisición. Todos estos bienes serían vendidos en pública subasta.

Hasta mayo de 1812 la jurisdicción de las Cortes de Cádiz se limitó a la propia ciudad. Su dominio se extendió conforme retrocedieron los franceses. El 11 de diciembre de 1813 Fernando VII fue restablecido en el trono por Napoleón. Regresó a España en marzo de 1814. A principios de mayo estaba previsto que las Cortes se reunieran por primera vez en Madrid. Pero el rey no quiso sancionar una revolución que mermaba su poder. Contaba con el apoyo de altos mandos militares, de funcionarios de las instituciones liquidadas por los liberales y de buena parte de la jerarquía eclesiástica. Tenía, también, la connivencia de casi un centenar de diputados absolutistas que reclamaron en un texto conocido como el Manifiesto de los Persas la supresión de las Cortes y el retorno al Antiguo Régimen. Amparado en la fuerza y en dicho manifiesto, el 4 de mayo de 1814 Fernando VII suspendió la Constitución, disolvió las Cortes, derogó su obra legislativa y persiguió a los liberales, que fueron encarcelados, o hubieron de partir hacia el exilio.

Así pues, la Constitución de Cádiz solo estuvo en vigor entre marzo de 1812 y mayo de 1814. Volvería a estarlo entre 1820 y 1823, y de 1836 a 1837. Mas a pesar de su breve vigencia, muchos de sus principios se fueron desarrollando a lo largo del siglo. Además, durante años fue un texto referencial, mítico, sobre todo para la izquierda liberal. Un texto cuya influencia trascendió a las fronteras españolas, pues resultó crucial en el desarrollo del constitucionalismo hispanoamericano e insufló el espíritu revolucionario europeo en las primeras décadas del siglo XIX.

1.6. La revolución en Hispanoamérica

Al acabar el siglo XVIII, gracias a las colonias hispanoamericanas, España figuraba aún entre las grandes potencias internacionales. El Imperio no solo aportaba prestigio y peso diplomático; también resultaba crucial para la economía española. En el último tercio del siglo el tráfico con las colonias representó cerca de la mitad del comercio exterior. Absorbía un 48 % de las exportaciones, integradas por productos españoles, pero también por artículos europeos pues España, en calidad de metrópoli, ejercía el monopolio comercial y todos los países que quisieran traficar con las Indias debían hacerlo a través de los puertos españoles. Las colonias americanas también ofrecían un suministro constante de metales preciosos: entre 1784 y 1796 las minas de plata de México y Bolivia aportaron una media anual de 355 millones de pesos. Sin embargo, sostener el Imperio no resultaba fácil. Si preservar el monopolio comercial y eliminar el contrabando en tiempos de paz ya era de por sí complicado, más lo fue desde finales del siglo XVIII, cuando la alianza con Francia obligó a mantener un estado casi permanente de guerra con Gran Bretaña. Las contiendas hispano-británicas entorpecieron el comercio español con América, hasta el punto de interrumpirlo casi por completo: en 1801 el promedio anual de exportaciones a las Indias había descendido un 93 %; las importaciones también cayeron radicalmente. Tras la destrucción de la flota española en la batalla de Trafalgar, en 1805, Gran Bretaña se aventuró, incluso, al ataque directo a las costas americanas. En 1806 la armada británica trató de ocupar el puerto de Buenos Aires y las autoridades porteñas rechazaron al ataque. Una acción que reveló la impotencia de España para defender sus colonias y demostró a los criollos —los descendientes de españoles nacidos en América— su propia fuerza.

Las colonias americanas lograron su independencia a lo largo de quince años de lucha, entre 1810 y 1825. Al final prevaleció la adscripción de los españoles de ambos lados del Atlántico a distintas patrias, pero ello no impidió, sobre todo en las primeras fases del proceso, que muchos protagonistas de la contienda sintieran que pertenecían a un sustrato político y cultural común; que hubiera cruces e intercambios entre los sucesos revolucionarios que se libraban en España y en América. Así, hubo caudillos de la independencia americana que previamente pelearon en España contra los franceses —el general José de San Martín se destacó en la batalla de Bailén— y guerrilleros españoles que, tras el retorno de Fernando VII, en 1814, combatieron al absolutismo luchando en México contra las tropas enviadas por el rey a sofocar la revuelta colonial, como fue el caso del liberal Francisco Javier Mina. Y si algunos diputados americanos viajaron hasta Cádiz para participar en las Cortes, la Constitución gaditana tuvo a su vez un notable influjo en la construcción de los nuevos estados hispanoamericanos.

Una de las razones que animaron el impulso independentista fue el descontento de las élites criollas por el distinto trato que recibían los ciudadanos de la metrópoli y del continente americano. Los altos cargos de la administración en América estaban vedados, de facto, a los criollos. Los productores españoles gozaban de privilegios que impedían la competencia americana. Los agricultores de las colonias, por ejemplo, no podían plantar muchos de los cultivos que existían en España, ni los industriales fabricar bienes que rivalizaran con los españoles. El monopolio español del comercio estorbaba, incluso, los intercambios directos entre las distintas regiones americanas... Además, los indígenas aún estaban sometidos a cargas y gravámenes que tenían su origen en la conquista, como el tributo indígena, o a prestaciones de trabajo, como la mita o el repartimiento. «Los americanos», reflexionaba al hilo de todo esto en 1815 el líder independentista Simón Bolívar, «no ocupan otro lugar en la sociedad que el de siervos propios para el trabajo y, cuando más, el de simples consumidores». Estas diferencias fueron eliminadas por las Cortes de Cádiz, que en 1810 proclamaron la plena igualdad entre los ciudadanos de ambos hemisferios, ratificada en la Constitución, y en 1811 y 1812 abolieron el tributo indígena, la mita y el repartimiento. Pero a estas alturas la revolución americana ya estaba en marcha.

Sin embargo, los recelos americanos frente a los privilegios españoles no bastan para explicar el inicio del proceso de independencia, que tuvo su origen en la crisis que atravesó la monarquía española a partir de 1808. En España, las instituciones del Antiguo Régimen se derrumbaron tras la invasión francesa y fueron reemplazadas por juntas locales que proclamaron su lealtad a Fernando VII. En las colonias americanas ocurrió algo similar, pero a partir de 1810. Durante los dos primeros años de la guerra española, las élites criollas y las autoridades coloniales se mantuvieron a la expectativa, si bien hubo alguna acción, como la deposición de los virreyes del Río de la Plata y de Nueva España, acusados de afrancesados. Pero entre abril y septiembre de 1810, cuando llegaron las noticias de la invasión francesa de Andalucía y del relevo de la Junta Central por la regencia, la destitución de los altos cargos del Antiguo Régimen ocupados por españoles —virreyes, intendentes, gobernadores o capitanes generales— y la creación de juntas locales se extendió por el continente. Juntas que no reconocían a las nuevas autoridades metropolitanas, aunque en un primer momento actuaron en nombre de Fernando VII.

El movimiento juntero en América tuvo su razón de ser en el vacío de poder: si en la Península la fuerza de la regencia replegada en Cádiz podia parecer escasa, en América dio la impresión de que todas las instituciones españolas se habían derrumbado. Al igual que en la metrópoli, quienes integraron las primeras juntas fueron las élites locales, en este caso formadas por criollos: funcionarios municipales, militares, abogados, terratenientes, empresarios o clérigos. La argumentación de los junteros tampoco se distanciaba del discurso que alimentaba la revolución liberal en España: las viejas instituciones habían desaparecido y la soberanía debía recaer en el pueblo. Pero este alegato tenía en América una lectura completamente distinta, pues depositar la soberanía en el pueblo significaba apostar cuando menos por la autonomía, sino por la independencia. De hecho, en la primera fase de la emancipación todavía convivían en el bando criollo autonomistas e independentistas. La voluntad de secesión política, empero, no fue de la mano de la revolución social: los criollos, en su mayor parte, eran gente de orden, propietarios y funcionarios que deseaban mantener sus privilegios frente a una población mayoritariamente indígena.

La creación de juntas locales fue el paso inicial hacia la independencia. El 25 de mayo de 1810, el cabildo —o ayuntamiento— de Buenos Aires destituyó al virrey e instauró una Junta de Gobierno. Desde este momento Argentina se emancipó de España a todos los efectos, aunque la declaración oficial de independencia no llegó hasta el 9 de julio de 1816. La independencia de Paraguay se consumó entre 1811 y 1813, y la de Uruguay no llegó hasta 1828 porque su territorio fue invadido por Brasil en 1816. En el virreinato de Nueva España, México se proclamó independiente en 1821 y los territorios de América Central, incorporados a México en un principio, alcanzaron en 1824 su independencia como República Federal de Centroamérica, que agrupaba a la mayor parte de los estados centroamericanos de hoy en día. En el virreinato de Nueva Granada, Simón Bolívar constituyó en 1821 la República de Colombia, o Gran Colombia, que —a grandes rasgos— englobaba a los actuales estados de Colombia, Venezuela y Ecuador. El virreinato de Perú, que abarcaba los territorios de Perú, Chile, parte de Ecuador y desde 1810 el Alto Perú, o Bolivia, fue el último bastión que conservaron las tropas españolas. Chile consumó su independencia en 1818; Perú en 1821 y el Alto Perú en 1824.

Tras la emancipación del continente americano, el patrimonio colonial español quedó reducido a las islas de Cuba y Puerto Rico, en el Caribe, las islas Filipinas, en Asia, y las islas Marianas y las Carolinas en el océano Pacífico. Con las grandes colonias, España perdió también su condición de potencia mundial: en adelante, quedó relegada al estatus de un pequeño país de la periferia europea, mediatizado en el plano internacional por Francia y Gran Bretaña. Las independencias americanas también afectaron a la economía. El comercio exterior se contrajo: las exportaciones cayeron un 40%. En tiempos del Imperio, la economía española tuvo un saldo desfavorable con el resto del mundo, pero se compensaba con el comercio colonial; sin el imperio, la balanza comercial exterior se cerró con balance negativo. Hasta bien entrado el siglo XX rigió en España un sistema monetario asentado sobre la moneda metálica —circulaban piezas de oro, plata y cobre cuyo valor era el de los propios metales—; el pago del déficit exterior tras la emancipación provocó que salieran del país muchas monedas de oro y plata. En un contexto internacional de precios bajos, la exportación masiva de moneda acentuó el derrumbe de los precios en España, lo cual, a su vez, provocó una depresión económica y la caída de la renta nacional. El cese del suministro de materias primas, así como la pérdida del mercado americano para la industria, perjudicaron a algunas de las actividades productivas más dinámicas. Por otra parte, el coste de las campañas militares en América se sumó al monto de la Guerra de la Independencia española y ello acrecentó el déficit crónico en las arcas del Estado.

2. REACCIÓN Y REVOLUCIÓN BAJO EL REINADO

DE FERNANDO VII: 1814-1833

En mayo de 1814, Fernando VII suspendió la Constitución de 1812, liquidó la obra de los gobiernos liberales y restableció las instituciones y la organización económica y social del Antiguo Régimen. No fue una reacción aislada: tras la derrota de Napoleón, las grandes potencias continentales intentaban restaurar el mundo anterior a la Revolución francesa como si esta y sus secuelas solo hubieran constituido un breve paréntesis en el orden natural de las cosas. Aunque no todas entendieron de igual modo el regreso al pasado. En Rusia, por ejemplo, imperó la más absoluta autocracia. Pero los Borbones restituidos en el trono de Francia, donde las transformaciones políticas y sociales habían sido más hondas, asumieron parte del bagaje liberal aceptando una Constitución que adquirió la forma de una carta otorgada voluntariamente por el rey. En cualquier caso, los estados de la Europa de la Restauración estaban dispuestos a defender el orden y la estabilidad en todo el continente. Con este fin, en 1815 Austria, Rusia y Prusia crearon la Santa Alianza —a la que después se sumaría Francia—, un pacto que les comprometía a intervenir en cualquier país europeo donde estallara la revolución.

2.1. Restauración absolutista

Una vez repuesto en el trono, Fernando VII hizo cuanto pudo por retrotraer al país a los meses previos a la Guerra de la Independencia, cuando tras el Motín de Aranjuez logró la abdicación de su padre y cercenó el impulso reformista promovido por Manuel Godoy. Durante los seis años que duró la primera restauración del régimen absolutista, no solo repudió el programa liberal; también renegó de la tradición reformadora del despotismo ilustrado. El rey anuló todas las medidas adoptadas por las Cortes de Cádiz, restituyó la Inquisición y las instituciones del Antiguo Régimen, restauró el régimen señorial, suspendió la desamortización y devolvió sus bienes a la Iglesia.

La represión sobre liberales y afrancesados fue brutal y sistemática, ejercida sin ningún tipo de garantía procesal: los diputados liberales fueron apresados o hubieron de partir hacia el exilio; abundaron los embargos de bienes y las ejecuciones; la administración y el ejército fueron depurados y miles de funcionarios y oficiales relegados o separados del servicio. Fernando VII tomó personalmente las riendas de la gobernación y solo delegó ocasionalmente en el grupo de amigos y asesores privados que integraban su camarilla. Una intervención tan directa y, con frecuencia, arbitraria fue en menoscabo de sus gobiernos. Los ministros despachaban con el rey y no existía coordinación entre ellos. Los gabinetes, además, eran muy inestables: la vida media de un ministro en el cargo rondaba en torno a los seis meses y muchas veces no hubo constancia de las razones que provocaron su cese.

Inmovilismo y arbitrariedad eran malas recetas para abordar el principal problema que afrontaba el restaurado Estado absolutista: la pésima situación de la hacienda pública, que situó al país en la bancarrota. El gasto bélico duplicó la deuda pública, que ascendió a 12.000 millones de reales, cifra tres veces superior a los ingresos fiscales. Un endeudamiento tan elevado hizo difícil recurrir al crédito, de modo que, como ha señalado Josep Fontana, el Estado sobrevivió solo con la recaudación tributaria, que resultó insuficiente: tras la pérdida de los recursos coloniales, los ingresos estatales se redujeron a menos de la mitad de los habituales en los años previos a la Guerra de la Independencia. Fue preciso aumentar la presión fiscal sobre un país ya empobrecido por la contienda, política que redundó en un mayor deterioro de la economía nacional. Lejos de actuar para atajar la crisis, el rey restauró los obstáculos tradicionales a la libertad de industria y comercio, entorpeciendo el desarrollo económico, y fue incapaz de emprender las reformas financieras necesarias. La quiebra de la hacienda impidió, entre otras cosas, financiar la guerra en las colonias.

El deterioro de la economía alentó el descontento militar. La falta de recursos obligó a licenciar a un alto número de oficiales y soldados incorporados al ejército en la Guerra de la Independencia, muchos de ellos viejos guerrilleros. Algunos oficiales de extracción popular, ascendidos por actos de guerra, fueron desplazados por otros de origen aristocrático. Los mandos sospechosos de contagio liberal fueron separados del servicio o destinados a puestos irrelevantes y vieron bloqueadas sus carreras. Esta situación creó el caldo de cultivo ideal para alentar la insurrección. De ahí que a lo largo de estos seis años proliferaran los pronunciamientos militares dirigidos a restituir la Constitución de Cádiz, encabezados por oficiales liberales que conspiraban coordinados con tramas civiles, clandestinas, refugiadas en organizaciones secretas como la masonería. Pronunciamientos que fueron reprimidos con la máxima dureza. El viejo guerrillero Francisco Espoz y Mina se sublevó sin éxito en Pamplona, pero logró huir. Peor suerte tuvieron los generales Díaz Porlier y Lacy, que se alzaron respectivamente en 1815 en La Coruña y en 1817 en Mallorca, y fueron fusilados.

El 1 de enero de 1820 el coronel Rafael del Riego se pronunció en la localidad sevillana de Cabezas de San Juan y proclamó la Constitución de 1812. Al frente de un sector de las tropas reclutadas para marchar a América, trató de tomar la ciudad de Cádiz, pero no lo logró y se replegó al interior de Andalucía. Ninguna población le secundó, pero tampoco halló obstáculos militares y sus soldados vagaron por territorio andaluz durante dos meses. Cuando parecía que iba a fracasar, a lo largo de febrero otras ciudades del país se sumaron a la revuelta: La Coruña, Barcelona, Zaragoza, Pamplona, Cádiz... Ante la cadena de sublevaciones, Fernando VII se vio obligado a jurar la Constitución de 1812 el 7 de marzo de 1820. La insurrección había triunfado, no tanto por su propia fuerza como por la debilidad del Estado absolutista que no fue capaz de detener a Riego, quien desde este momento se transformó en el héroe por excelencia de la revolución liberal.

2.2. El Trienio Liberal