Postdisciplinariedad y desarrollo humano. Entre pensamiento y política - Varios autores - E-Book

Postdisciplinariedad y desarrollo humano. Entre pensamiento y política E-Book

Varios autores

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Beschreibung

Postdisciplinariedad y desarrollo humano. Entre pensamiento y política es un libro necesario, innovador y polémico. Replantea los principios, fundamentos, problemas, contradicciones y paradojas que hoy son hegemónicos. En la actual turboglobalización, los políticos y la academia piensan el desarrollo humano como mero progreso económico o tecnológico. Se evita analizar los problemas atendiendo a todas sus variables sociales, culturales, políticas, antropológicas, etnológicas, en las subjetividades, psicologías y mentalidades, etc. Además, se tratan separadamente, evitando el necesario análisis holista, sintético, macrofilosófico, comparativo, trans e interdisciplinar. Postdisciplinariedad y desarrollo humano. Entre pensamiento y política supera la tradición ultraespecializada y aporta enfoques, aproximaciones, interrelaciones y propuestas tendencialmente postdisciplinares. Por eso los diferentes análisis de Postdisciplinariedad y desarrollo humano se abren macrofilosófica y transversalmente Entre pensamiento y política.

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YANKO MOYANO DÍAZ

SAULO DE OLIVEIRA PINTO COELHO

GONÇAL MAYOS SOLSONA (EDS.)

Postdisciplinariedad y Desarrollo Humano Entre Pensamiento y Política

Barcelona 2024

Linkgua-ediciones.com

Créditos

Título original: Postdisciplinariedad y Desarrollo Humano. Entre Pensamiento y Política.

© 2024, Yanko Moyano Díaz, Saulo De Oliveira Pinto Coelho, Gonçal Mayos Solsona

© 2024, Red ediciones S.L.

e-mail: [email protected]

COLECCIÓN MACROFILOSOFÍA

CONSEJO EDITORIAL

Arnaldo Bastos Santos Neto (UFG)

Renato C. Cardoso (UFMG)

Luiz F. Coelho (UFPR)

Gonçal Mayos Solsona (UB)

Miguel Mellino (L’Oriantale di Napole)

Henriette Partsch (U. Glasgow)

Saulo Pinto Coelho (UFG)

Ricardo Rabinovich-Berkman (UBA)

José M. Romero Baró (UB)

Liván Usallán Méndez (UDP)

Alexandre Walmott Borges (UFU)

Realización

Open Network for Postdisciplinary and Macrophilosophical Research (OPEN-PHI)

Grupo de Pesquisa em Interculturalidade, Interconstitucionalidade e Interdisciplinaridade (INTER³)

Entidades Colaboradoras

Universitat de Barcelona (UB)

Universidad Federal de Goiás (UFG)

Fundação CAPES (Brasil)

AGAUR (Cataluña-España)

Grup Internacional de Recerca «Cultura, Història, Estat» (GIRCHE)

Coordenación, Revisión y edición

Yanko Moyano Diaz

Saulo de Oliveira Pinto Coelho

Gonçal Mayos Solsona

ISBN rústica: 97-884-9007-690-3

ISBN e-book: 97-884-9007-686-6

AUTORES

Andityas Soares de Moura Costa Matos

Carlos Hugo Santander Joo

Douglas Antônio Rocha Pinheiro

Felipe Magalhães Bambirra

Gonçal Mayos Solsona

Lluís Soler Alsina

Miracy Barbosa Gustin

Ricardo Barbosa de Lima

Paulo Ferreira da Cunha

Saulo de Oliveira Pinto Coelho

Sergio Mas Díaz

Yanko Moyano Díaz

Sumario

Créditos 4

AUTORES 5

Brevísima presentación 11

Construyendo el espacio postdisciplinar. Temporalidad e historia Yanko Moyano Díaz 17

1. Derechos humanos y comprensión 17

2. El diálogo postdisciplinar 18

3. Lynn Hunt y el origen de los derechos humanos 20

4. William Sewell, la construcción del objeto social postdisciplinar 31

5. Consideraciones finales 38

Referencias bibliográficas 39

Desarrollo Humano Crítico-Inclusivo: crítica del derecho al desarrollo y desarrollo crítico del Derecho Saulo de Oliveira Pinto Coelho 41

1. Introducción 41

2. El Derecho en la encrucijada: ¿crítica al desarrollo o desarrollo crítico? 42

3. El discurso del derecho al desarrollo y sus potencialidades para volverse crítico 46

4. Desafíos postdisciplinares para un desarrollo humano crítico e inclusivo 49

5. Crítica jurídica postdisciplinar de las patologías desarrollistas de la contemporaneidad 52

6. Potencial de la mirada postdisciplinar para volver crítico-inclusivo el Derecho 56

Referencias bibliográficas 61

Crecimiento, desarrollo, democracia y Derechos Humanos: un análisis de las intersecciones interdisciplinares y sus consecuencias políticas Sergi Mas Díaz 65

1. Introducción 65

2. Bienestar, crecimiento y desarrollo: avances en las teorías y las políticas económicas 65

3. Democracia y desarrollo desde la perspectiva económica 67

4. Democracia y desarrollo desde la perspectiva de la sociología histórica 68

5. Desarrollo y globalización 71

6. El desarrollo humano: desarrollo, democracia y derechos 72

7. El derecho al desarrollo 74

8. Conclusiones 75

Referencias bibliográficas 76

Por una teoría del conocimiento en el ámbito de los derechos humanos: teoría crítica, interdisciplinariedad y conformismo Ricardo Barbosa de Lima 79

1. Introducción 79

2. Teoría Crítica y el campo de estudios e investigaciones en derechos humanos 80

3. ¿Qué interdisciplinariedad? 84

4. Consideraciones finales: una guía polémica para investigaciones empíricas 88

Referencias bibliográficas 90

Derechos humanos y política. Una lectura desde América Latina Carlos Ugo Santander Joo y Andrey Borges Pimentel Ribeiro 93

1. Introducción 93

2. Construcción de la universalidad. Globalización y proyecto colonial 94

3. Efectos ideológicos del universalismo jurídico individual 96

4. Dimensión política de los derechos humanos 102

5. Diversidad histórica frente a universalidad. Contribuciones latinoamericanas 105

6. Consideraciones finales 109

Referencias bibliográficas 111

Rescate del Desarrollo Humano en las situaciones adversas de los países periféricos Miracy Barbosa Gustin 113

1. Consideraciones iniciales 113

2. Condiciones de América Latina 113

3. Capital social, y minimización de violencias: la visión de CEPAL 118

4. Una metodología de constitución de capital social para minimizar situaciones de riesgo y de violencias en segmentos poblacionales excluidos 119

5. La conexión de la constitución/incremento de capital social como procedimiento de mediación para la ciudadanía 123

6. Consideraciones finales 126

Referencias bibliográficas 127

Más allá de la crisis: La cuestión interdisciplinar del derecho a la equidad económica intergeneracional Douglas Antônio Rocha Pinheiro 129

1. Una carta vigente: Thomas Jefferson y la equidad intergeneracional 129

2. Una carta de crédito execrable: dinámica de las deudas odiosas en la geopolítica 131

3. Una carta de padre a hijos: los problemas y los principios de la equidad intergeneracional 134

4. Una carta propuesta: el problema del control de legitimidad de las decisiones intergeneracionales 138

Referencias bibliográficas 141

Más allá de los dogmas del Estado Democrático de Derecho: an-archia, a-nomiaAndityas Soares de Moura Costa Matos 145

1. Multitud y Comunidad 145

2. El orden sagrado del nómos 155

3. Consideraciones finales 162

Referencia bibliográficas 163

Reflexiones Postdisciplinares sobre el contexto brasileño de los Derechos Humanos: seguridad pública y movilidad urbana Felipe Magalhães Bambirra 166

1. Prolegómenos 166

2. La complejidad del fenómeno jurídico 167

3. La seguridad pública 169

4. La movilidad urbana 171

5. Conclusiones 174

Referencias bibliográficas 175

Los nadies de la turboglobalización: geopolítica de la exclusión social contemporánea Lluís Soler Alsina 177

1. Introducción 177

2. Del Tercer Mundo al Cuarto Mundo: cambios en la distribución de la pobreza y la exclusión 178

3. Turbocapitalismo y exclusión 181

4. Problemas socialmente generados, responsabilidades individuales 183

5. Las consecuencias 184

6. Intentando romper el círculo: desarrollo y derechos humanos inclusivos 188

Referencias bibliográficas 190

Empoderamiento y desarrollo humano. Actuar local y pensar postdisciplinarmente Gonçal Mayos Solsona 192

1. Actuar, pensar y querer 192

2. Hacia un pensar tendencialmente postdisciplinar 194

3. Causas de los bloqueos del desarrollo humano 198

4. Impactos de larga duración sobre el desarrollo humano 200

5. Del empoderamiento 204

Referencias bibliográficas 209

Desarrollo, iuspolítica y epistemología nueva (Postfacio)Paulo Ferreira da Cunha 212

1. Reflexión en el espejo 212

2. Tiempos actuales y saberes 213

3. Desarrollando desarrollos... 214

4. Derecho, Democracia y Desarrollo 217

Referencias bibliográficas 221

Fichas biográficas 223

Brevísima presentación

Nos atrevemos a afirmar que Postdisciplinariedad y desarrollo humano. Entre pensamiento y política es un libro necesario e innovador, aunque seguramente también polémico y que generará tantos partidarios como adversarios. Nietzsche diría que es un proyecto intempestivo porque el tiempo al que va dirigido se resiste a replantearse muchos de sus principios, fundamentos, problemas, contradicciones y paradojas.

No obstante la lechuza hegeliana no debe esperar hasta la negra noche para volar sobre su presente e intentar contemplarlo en todas sus dimensiones, integrando las miradas que se construyen parciales y fragmentadas desde el suelo firme de cada paradigma científico. Este pasado, todavía presente, es el del día crepuscular que ya se acaba —pues ha encontrado su crisis y su punto de extenuación— y la lechuza lo mira en los múltiples referentes ofrecidos por cada ángulo epistémico. Lo hace no porque suba y se pare en el vértice central para hacer una foto estática, aunque total, del terreno. Lo hace porque, desde arriba, se mueve rápidamente por todos los sesgos de la realidad que quiere contener en su campo de reflexión y los correlaciona, los coimplica. Hace una especie de película dinámica y con múltiples perspectivas, en la que la realidad que ya se deshace insiste todavía en afirmarse.

Este libro intenta encontrar miradas variadas, cada una de ellas dinámica y polifónica a su propia manera. Y estos vuelos dinámicos de lechuza que el libro contiene, más que acusar el fin del día, permiten verlo mejor, pues ya no le molesta el sol de plomo que ofusca el ojo y es capaz de abarcar y superar cada una de las miradas que se puede hacer desde el suelo.

Por otra parte, el presente múltiple que Postdisciplinariedad y desarrollo humano analiza y quiere transformar, todavía se mira demasiado a sí mismo en el pasado y se aferra a los paradigmas y metodologías tradicionales. Uno de sus problemas más peligrosos y frustrantes es que evita analizar los problemas atendiendo a todas sus variables sociales, culturales, políticas, antropológicas, etnológicas, en las subjetividades, las psicologías y las mentalidades, etc. Además, cuando no olvida muchas de ellas, insiste en analizar cada una por separado, como si no tuviesen profundas concomitancias que las hacen solidarias y/o recíprocamente condicionadas.

Por eso, sobre todo, la estructura disciplinar todavía dominante carece casi siempre del necesario análisis holístico, sintético, —macro—, macrofilosófico, comparativo, verdaderamente multi, poli, trans e interdisciplinar. En Postdisciplinariedad y desarrollo humano hemos constatado que tales necesidades de análisis —más allá de la tradición ultraespecializada— desconciertan, agobian, angustian e incluso generan miedo. Es el recelo del pensamiento ultraespecializado que no quiere salir del suelo firme de los paradigmas, ni perder el referente de rigor y corrección. Es el recelo, que tiene la política actual, frente a una nueva mirada no-paradigmatizable —en tanto que postdisciplinar—, dado que esta mirada es menos susceptible a dejarse instrumentalizar. Su potencial para generar contextos crítico-transformadores molesta a aquellos que están demasiado incrustados en el status quo, sea este político o espistemológico.

Frente a ese pavor epistemológico, el presente libro apuesta por renovar los análisis sin temor a los enfoques, aproximaciones y propuestas tendencialmente postdisciplinares. Por eso los diferentes análisis de Postdisciplinariedad y desarrollo humano se abren al enorme espacio definido entre pensamiento y política. Un espacio urgente, que invita como pocos a redirigir la inventiva y la capacidad creativa de nuestro tiempo hacia la búsqueda de soluciones útiles y efectivas.

En principio creemos que todos los posibles ensayos caben en un espacio postdisciplinar. Tantos como se proponga abarcar la inteligencia creativa, que nunca cesa de experimentar con nuevos puntos de vista y nuevas interpretaciones de la realidad. Sin embargo tampoco se trata de crear un receptáculo de ideas inconexas, laxo y opaco —otro más—. El espacio postdisciplinar debe ser una oportunidad para el encuentro de soluciones y no una distracción intelectual, infértil y autocomplaciente. Por mucha que sea la urgencia de ofrecer alternativas a la homogeneidad, por muy necesario que sea crear un espacio en el que todas las voces disonantes puedan encontrarse, si el espacio que recoge estas alternativas y estas disonancias no pasa de ser un alegre galimatías intelectual, poco efecto tendrá y poca seguirá siendo su capacidad para solucionar alguno de los problemas que nos plantea el presente.

Por eso, los dos primeros principios que hemos adoptado para la selección de los textos que componen este libro son la pertinencia y la utilidad. En este sentido, cada uno de los autores identifica, desde su propio punto de vista, alguno de los problemas concretos que afectan las nociones políticas vinculadas al tema del desarrollo y con ello abren la posibilidad de trabajar en una solución.

Como tercer principio, concebimos el espacio postdisciplinar como un diálogo en conflicto, como una comunicación sugestivamente incompleta. En este sentido, el hecho de haber reunido perspectivas tan diferentes ha querido ser un reto y una oportunidad para el lector. Un reto porque quisiéramos que cada lectura se plantee el problema de las relaciones entre los diversos enfoques; una oportunidad porque al hacerlo el lector estará produciendo, él mismo, soluciones al problema general de la relación entre los objetos de estudio de los saberes humanístico-sociales contemporáneos. Es decir, estará abriendo el problema de la unidad del objeto del conocimiento y no recibiéndolo reducido y cerrado.

Como en un espacio geográfico, hemos querido mostrar regiones aparentemente aisladas de un plano general, invitar al lector a imaginar la forma de rellenar los vacios intermedios, a producir por sí mismo nuevos vínculos entre los contenidos que forman este volumen. No hemos querido indicar explícitamente —por el momento— las vías que los conectan, las rutas que permitirían el tránsito tranquilo y la anticipación automática a través de soluciones preconcebidas.

Nosotros mismos no los hemos solucionado. ¿Para qué? De haberlo hecho habríamos actuado contra nuestros propios objetivos a largo plazo, arruinando la posibilidad que ofrecen las exploraciones inesperadas, los debates imprevistos que esperamos que sucedan a esta publicación y a los siguientes volúmenes de esta misma colección. Desde el inicio creímos que resultaría mucho más fructífero hacer una primera puesta en escena en contrapunto, en lugar de intentar resolver por anticipado el problema de la unidad con una solución preconcebida —además, probablemente equivocada en esta fase del desarrollo de nuestro proyecto—. En todos los casos habríamos estado cerrando un tema en lugar de abrirlo.

Y es que nuestro tiempo cada vez más exige que pensar, analizar, explicar, criticar, decidir, proyectar y —finalmente— actuar sean momentos correlativos, solidarios, unidos bajo un marco holista interdisciplinario. La praxis nunca ha estado radicalmente separada de la reflexión, pero aún menos en la turboglobalización actual. Toda acción —especialmente cuando genera desarrollo humano— surge de un pensar situado y nacido de unas experiencias concretas.

Hay que reconocer que tanto la sociedad como los políticos y la academia tienden a pensar los problemas del desarrollo humano en la actual turboglobalización de forma limitada, como mero progreso económico y tecnológico. En Postdisciplinariedad y desarrollo humano. Entre pensamiento y política hemos aprendido que ciertamente hay que «actuar localmente, pensar globalmente», pero también que todo actuar local tiene inevitables impactos globales… Asimismo, todo pensar global no puede olvidar las peculiaridades de cada realidad local. Por tanto inevitablemente cada actuar es también una acción glocal que, si es realmente valiosa, termina aportando algún «desarrollo humano».

Más allá del discurso desarrollista y de su gemelo opuesto, la postura meramente crítico-nihilista, el libro presenta diferentes miradas superadoras de ambos extremos. Propone pensar el problema del desarrollo humano como un reto que muchas veces es capturado por la razón instrumental, pero que no por eso deja de ser un problema fundamental y común a todas las ciencias, las humanidades y la política. Se ha construido con aportes que provienen de la Historia, la Sociología, la Filosofía, el Derecho, la Geopolítica, la Economía, la Antropología, la Politología e incluso la Literatura y el Arte. Todos ellos están dialécticamente y posdisciplinarmente amalgamados para ofrecer una contribución al debate actual sobre el desarrollo humano. Más allá del estricto desarrollo económico, están concebidos como ideal, proyecto y discurso, direccionado hacia una concretización democrática —inclusiva y participativa— de condiciones de calidad de vida, de dignidad, de derechos, de respeto y de reconocimiento a todos los seres humanos.

Este ideal legitimador y organizador del discurso político actual es analizado, criticado, actualizado y evaluado desde once enfoques diferentes, plasmados en cada uno de los textos que contiene esta obra. En ellos, además de los análisis, también se presentan diferentes propuestas de transformación, incluyendo algunas que pudieran parecer contradictorias, pero que son complementarias, según nuestro modo postdisciplinar de ver las cosas. Además todas miran hacia el distante e incierto horizonte de una sociedad menos connivente con la explotación del hombre.

Yanko Moyano Díaz

Saulo de Oliveira Pinto Coelho

Gonçal Mayos Solsona

Construyendo el espacio postdisciplinar. Temporalidad e historia Yanko Moyano Díaz

1. Derechos humanos y comprensión

A partir de los años ochenta ha crecido la referencia a los Derechos Humanos en el debate político internacional. El tema aparece con igual frecuencia en las definiciones de los objetivos de acción de Organizaciones no Gubernamentales (ONG), en los discursos de política exterior de los estados nacionales y en general en casi todos los debates de foros internacionales e instituciones regionales. Lo mismo se les relaciona con políticas de desarrollo, intercambio solidario, juicios por crímenes de guerra y protección de grupos hostigados, que se les convoca para justificar intervenciones militares, restricciones comerciales y medidas de control diplomático.1

Al mismo tiempo, también ha sido un tema importante en los debates políticos de ámbito nacional. Durante los últimos treinta y cinco años, el argumento de los Derechos Humanos se ha utilizado para defender el derecho de minorías étnicas, detener persecuciones políticas, oponerse a medidas dictatoriales, justificar o atacar distribuciones presupuestarias, demandar mayor implicación de los estados en las luchas contra la pobreza, justificar movimientos antiaborto, etc. En todos los casos llama la atención que su uso resulta tan habitual en esquemas ideológicos «de izquierdas» como «de derechas», lo cual parece mostrar que la idea se encuentra absolutamente arraigada en el núcleo del esquema político-comprensivo de nuestra época.

Sin embargo, la abundancia de su presencia no debe confundirse con la claridad de su comprensión. Los debates sobre sus contenidos precisos son tan ambiguos y contrapuestos como generalizado es su uso en tanto valor general abstracto. Todos hemos sentido, en algún momento, que la pluralidad de aproximaciones que caracteriza el tema pone a prueba nuestras nociones más generales sobre qué son los Derechos Humanos, cuáles derechos entran en esta categoría y cuáles no, y sobre todo, cómo justificar la condición «natural» o «histórica» que los haría irrebatibles.

Por si fuera poco, al intentar explicar el sustrato teórico de una noción como ésta, resulta particularmente difícil separarse de palabras como «inalienable», «autonomía», «humanidad», las cuales apuntan a ideas que durante mucho tiempo tuvieron carácter «universal», pero que han sido seriamente relativizadas durante los últimos sesenta años. Así, nos encontramos con que resulta demasiado engorroso hablar de «Derechos Universales del Hombre» y aclarar al mismo tiempo la condición histórica y cultural de términos como «derecho», «universal» y «hombre», conducentes todos a explicaciones contradictorias, contextuales, casi siempre segmentadas y de ninguna manera concluyentes.

Todo ello plantea una serie de interrogantes que son las mismas que han centrado el debate social sobre los Derechos Humanos durante los últimos cincuenta o sesenta años. ¿Qué debemos entender por Derechos Humanos? ¿Qué función cumplen en la política contemporánea? ¿Deben ser consensuados o son incuestionables? ¿Cómo debemos «pensarlos»: ideal o pragmáticamente, local o globalmente?

Si quisiéramos llamar a un «especialista» que nos ayudara a aclarar el problema, a simple vista nos daríamos cuenta de que resultaría imposible indicar en qué disciplina tendría que haberse formado (¿Derecho, Historia, Filosofía, Ciencia Política, Relaciones Internacionales...?). El asunto todavía se vuelve más difícil si preguntamos qué presupuestos teóricos deberíamos tomar como puntos de partida y si estos serían compatibles con los puntos de vista de todas las disciplinas que han tratado el tema. Lamentablemente este tipo de dilema no es exclusivo del debate sobre los Derechos Humanos, se encuentra ampliamente extendido en las Ciencias Sociales y las Humanidades de nuestros días y su solución es uno de los retos más urgentes a atender.

2. El diálogo postdisciplinar

Es bien conocida la historia de la construcción de la ciencia a lo largo de la modernidad y su relación con la segmentación disciplinar (Mayos, 2012). La unidad temática del saber solamente se transformó en una pluralidad de discursos independientes a finales del siglo XIX, momento en el que comenzó a extenderse la tendencia a la profesionalización y la división disciplinar que nos resulta tan familiar hoy. Solo en los últimos tiempos ha comenzado a tomar fuerza una tendencia a la transgresión de fronteras y contenidos disciplinares (cross-disciplinary poaching) que permite pensar en una especie de regreso al pasado predisciplinar y a la unidad del saber (Sewell, 2005). Sin embargo, estas transgresiones no pueden ignorar el arraigo que ha ganado la organización disciplinar durante más de un siglo y la fuerza que todavía mantiene, tanto en el ámbito estrictamente académico como en el del ordenamiento profesional.

Pese a su éxito —o mejor dicho, a causa de él— la complejidad resultante de la segmentación disciplinar de los últimos cien años ha producido una multiplicación de puntos de vista y contenidos que ya es extremadamente difícil de abarcar en una representación mental unificada. Cada vez es más evidente la urgencia de producir de manera menos aislada pero, también, cada vez son mayores las cantidades de información con que deben trabajar los investigadores y son menores los márgenes de tiempo en los que deben ofrecer soluciones. Ello nos lleva a desconfiar de cualquier solución que ponga en entredicho la necesidad de mantener espacios reducidos de especialización temática o que puedan entorpecer la velocidad de los intercambios de información convenientemente segmentada. El reto consiste, precisamente, en mantener las dinámicas intradisciplinares sin reducir la riqueza de las múltiples aproximaciones a una perspectiva homogeneizante y, al mismo tiempo, crear las condiciones de intercambio que hagan posible la comunicación ágil entre investigaciones especializadas, que simplifiquen el acceso a resultados generales y que aceleren el mutuo aprovechamiento de los nuevos resultados.

Aceptar la necesidad del diálogo abierto entre disciplinas es aceptar la realidad compleja y contradictoria del saber contemporáneo y renunciar a reduccionismos simplificadores. Se trata de conectar disciplinas que se superan a sí mismas, no de anularlas. Pensar siquiera en la posibilidad de crear un lenguaje homogéneo que vehicule un utópico concierto estable de los saberes disciplinares no solo es una quimera, es un anacronismo. La única alternativa es construir un espacio que no rehuya probar su validez en condiciones de independencia disciplinar y flexibilidad epistemológica. Llamo a esta posibilidad espacio postdisciplinar.

En este sentido, una de las primeras cuestiones tiene que ver con la manera en que se concibe el «objeto» general de la investigación social y con el análisis de cuáles presupuestos parece inevitable incluir en el nuevo espacio de diálogo. En las siguientes páginas tomo como punto de partida una investigación reciente sobre la idea de Derechos Humanos para mostrar algunas de las condiciones ineludibles de la construcción de un objeto de saber postdisciplinar, en concreto aquellas que tienen que ver con el carácter histórico del objeto de investigación social y la constitución de una estructura temporal particular.

3. Lynn Hunt y el origen de los derechos humanos

El hecho de que hoy ya nos parezca tan familiar, no debe hacernos pasar por alto lo ambiciosas que son las afirmaciones contenidas en el término Derechos Humanos. No es trivial afirmar que existen ciertas prerrogativas que se ostentan a título individual pero que son tan universales como para corresponder a todos los seres humanos, tan fundamentales como para que no se necesite de ninguna autoridad para otorgarlas y tan indiscutibles como para que no puedan ser puestas en duda por ningún argumento ni puedan ser alienadas por ninguna voluntad —incluyendo la voluntad personal.

En su libro La invención de los Derechos Humanos (Hunt, 2009), la historiadora norteamericana Lynn Hunt parte del reconocimiento de la excepcionalidad de estas afirmaciones, nos recuerda que la idea no aparece con fuerza hasta la segunda mitad del siglo XVIII y seguidamente se pregunta cómo fue posible que se extendiera hasta convertirse en una noción tan ampliamente aceptada. Efectivamente, dos de los documentos más importantes de la época, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América (1776) y la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano (1789), toman como punto de partida la existencia de un grupo de derechos de carácter absoluto y de indiscutible aceptación y los esgrimen como la primera de las causas que justifican las resoluciones tomadas en ambas declaraciones. No está de más recordar que en ninguno de los dos casos se consideró necesario explicar más detalles sobre tales derechos, ni demostrar la veracidad de su existencia. «Para que los derechos humanos se volviesen evidentes —dice Hunt—, la gente normal y corriente debía disponer de nuevas formas de comprender que surgieron a partir de nuevos tipos de sentimientos» (Hunt, 2009: 33).

Para explicar este cambio de mentalidad, Hunt muestra cómo durante el siglo XVIII en Francia, en Gran Bretaña y en los Estados Unidos se produjeron cambios en las prácticas culturales («nuevas formas de leer, ver y escuchar»), que dieron como resultado un cambio en las «experiencias individuales» (empatía) que, a su vez, hicieron posible la consolidación de nuevos conceptos sociales y políticos, incluyendo la idea de los Derechos Humanos. Describe todo este proceso entrelazando múltiples niveles, no siempre fáciles de conciliar en una reconstrucción histórica. Se apoya en las variaciones de los hábitos y costumbres durante el período —espacio de los automatismos y la inconsciencia—, pero también acude a las reflexiones de personajes históricos mejor conocidos y a la emergencia de nuevos estilos y conceptos arquitectónicos, o sea, a la imagen que le época construyó de sí misma.

Pero, con todo y lo provechoso que resulta acceder a una perspectiva histórica como esta, el texto no es interesante solamente por la riqueza de los contenidos que revela. Al menos en lo que a este ensayo concierne, nos interesa sobre todo la lógica de la argumentación de Hunt y la manera en que se plantea una investigación que permite delinear el modelo general de estudio que hemos llamado perspectiva postdisciplinar. Estas particularidades de la exposición se despliegan en cuatro direcciones o cuatro registros de la noción de los Derechos Humanos que son también cuatro direcciones que constituyen la temporalidad histórica de los objetos del saber postdisciplinar.

a) Los fundamentos culturales de una época

El primer registro tiene que ver con los fundamentos culturales que permitieron la emergencia de la noción de Derechos Humanos —y que, en buena medida, son los mismos que la mantienen vigente todavía hoy. Para ello, Hunt se apoya en el análisis de tres novelas epistolares de mediados del siglo XVIII, Julia o la nueva Eloísa (Jean-Jacques Rousseau, 1761), Pamela o la virtud recompensada (Samuel Richardson, 1740) y Clarissa o la historia de una joven dama (Samuel Richardson, 1747-48). A diferencia de otros esfuerzos, Hunt no las analiza tanto desde el punto de vista de su estructura como obras artísticas o de los contenidos que expresan, sino desde el punto de vista de su recepción. El interés que despertaron, al que nos acerca a partir de los comentarios contemporáneos, indica que junto a la irrupción del nuevo género narrativo —la novela epistolar—, se produjo una transformación en la forma de lectura que impactó a toda una época.

El funcionamiento del modelo narrativo de la novela epistolar, segmentado, íntimo, más sentimental y pasional proyecta una experiencia de la individualidad más evidente y más fuerte que otros modelos literarios. El lector participa de la experiencia del mundo de ficción a través de las peripecias del personaje-narrador y acaba identificándose con ambos. En este proceso ensancha el universo de su experiencia y accede a otras situaciones y otros caracteres que exceden con mucho las posibilidades que le podría brindar el contacto directo con otras personas de su entorno más próximo. En otras palabras, el lector se acostumbra a ver otros mundos y a participar de lo diferente. En esta traslación, el yo empírico se va habituando a desdoblar su persona en otras personas diferentes, en otras situaciones diferentes. Se va habituando a «trasladarse» fuera de sí mismo, a «ponerse en lugar» de otro y a «sentir» como otro.

En el siglo XVIII, los lectores de novelas aprendieron a ampliar el alcance de la empatía. Al leer, sentían empatía más allá de las barreras sociales tradicionales entre nobles y plebeyos, amos y sirvientes, hombres y mujeres, quizá también entre adultos y niños. Por consiguiente, aprendían a ver a los demás —a los que no conocían personalmente— como seres iguales a ellos, con los mismos tipos de emociones internas. Sin este proceso de aprendizaje la «igualdad» no podría haber alcanzado ningún sentido profundo ni, en particular, ninguna consecuencia política (Hunt, 2009: 39).

Hunt podría haberse conformado con introducir las nociones de individuo, empatía, sujeto y autonomía y su relación con los Derechos Humanos desde la perspectiva filosófica más general o desde la clásica perspectiva de la Historia de las Ideas. En lugar de ello dibuja un cuadro histórico donde se entrelazan múltiples registros. Aquí encontramos conectados el Sapere Aude kantiano, las nociones universalistas de Hugo Grocio y John Locke, el paradigma británico de la autonomía Robinson Crusoe, el Emile de Jean-Jacques Rousseau y los cambios en la legislación sobre la familia durante la Revolución. Todo ello compone una imagen que, desde la distancia del tiempo, nos permite concebir de qué hablaba el siglo XVIII —en sus múltiples niveles— cuando hablaba de Derechos Humanos.

Lo más importante es que, por ser más compleja, este tipo de historicidad da lugar a un cuadro en el que de facto están interviniendo diversas disciplinas, que se juntan perfectamente en un diálogo transversal sobre los Derechos Humanos. Cuando la historicidad se toma en esta complejidad y no se encierra en conclusiones reduccionistas, abre el objeto de estudio, ensancha la posibilidad de nuevas interpretaciones y permite aprovechar las lecturas del pasado como instancias de un registro cultural más general —la modernidad occidental—. Permite, sobre todo, readecuar lo aprendido en las lecturas del pasado en los nuevos análisis del presente.

b) Usos y costumbres

Hunt agrega al primer registro de los fundamentos culturales de la noción de Derechos Humanos, un segundo nivel compuesto por los análisis de las transformaciones que se producen en el nivel de la corporeidad y la sensibilidad.2 No solo se trata de establecer que para que la nueva noción se generalizara debieron cambiar previamente las concepciones sobre el ser humano —las posibles respuestas a la pregunta sobre qué es lo humano—, sino también que hay un nivel de la representación social que es más próximo y más difícil de incorporar a la descripción de los paradigmas culturales, un nivel que tiene que ver con los tratamientos públicos y privados del cuerpo, las pasiones y el dolor.

Durante la segunda mitad del siglo XVIII se acelera la tendencia a reducir el uso de la tortura y los castigos corporales, en un desplazamiento que ya se podía apreciar desde el siglo XVI y que obviamente es análogo al ascenso de la importancia de la noción de empatía como fundamento de la unidad social. Para mostrar el arraigo que llegó a tener esta predisposición, Hunt toma como referencia un proceso penal en concreto —el enjuiciamiento y ejecución del protestante francés Jean Calas— y conecta las reacciones que provocó en la sociedad francesa con el éxito de difusión que tuvo en toda Europa el ensayo de Cessare Beccaria De los delitos y de las penas (1764). Su intento de redefinir la perspectiva del uso del castigo corporal en función de otros objetivos más eficientes (como la reforma de los infractores y la corrección de las inclinaciones negativas), lo hizo tan popular que fue promocionado por Diderot, referenciado por Voltaire y acabaría llegando al jurista inglés William Blackstone e influyendo en la formulación de una frase que, a partir de que fuera escrita en 1765, se convertiría en la guía del punto de vista ilustrado: el derecho penal, afirmó, debería ser siempre «conforme a los dictados de la verdad y la justicia, los sentimientos de humanidad y los derechos indelebles de la humanidad» (Blackstone apud Hunt, 2009: 82).

Nuevamente, Hunt podría haberse contentado con descubrir la relación entre un caso concreto y el lema de Blackstone, mostrando cómo se relacionan la emergencia de una nueva sensibilidad y la irrupción de un paradigma penal, y cómo, desde el inicio, este ya incluye una de las primeras menciones explícitas al tema de los «derechos de la humanidad». Sin embargo, ello no permitiría apreciar las dificultades que tuvieron las nuevas ideas sobre la empatía y la individualidad para hacerse realidad. Afortunadamente Hunt nos muestra también cómo, a pesar de los cambios que poco a poco se fueron introduciendo en la administración penal del castigo corporal, durante cierto tiempo se mantuvo una relación bastante contradictora entre las nuevas práctica emergentes y el conjunto de prácticas que subsistían. Gracias a ello podemos hacernos una idea más precisa de cuán zigzagueante e incierto es el avance de las nociones culturales más abstractas —como «individualidad», «modernidad» y «sociedad»—, cuando tenemos en cuenta el nivel de la cotidianidad más próxima —sensibilidad, nociones del cuerpo y dolor.

...la tortura legalizada no desapareció simplemente porque los jueces renunciaran a ella o los escritores de la Ilustración se posicionasen en contra. La tortura desapareció porque el marco tradicional del dolor y la individualidad se deshizo y, poco a poco, dio paso a un nuevo marco en el que los individuos eran dueños de sus cuerpos, tenían derecho a su independencia y a la inviolabilidad corporal, y reconocían en otras personas las mismas pasiones, sentimientos y compasión que ellos mismos albergaban (Hunt, 2009: 113).

La historia de la corporalidad, de los cambios en el tratamiento del cuerpo, se vuelve más compleja mientras más se aproxima a la singularidad de las experiencias individuales. En la medida en que nos alejamos de los registros penales, de las crónicas del castigo o de las memorias contemporáneas, entramos cada vez más en el registro de lo inaprensible, de los miedos, del dolor, de las angustias. Pero, pese a las dificultades, este nivel más íntimo de la comprensión no puede ser dejado a un lado y también debe incorporarse al esfuerzo por captar los modos de representación de una sociedad. La noción de Derechos Humanos no se comprendería sin la enorme carga sentimental que la rodea, por más difícil que sea dar cuenta de ella.

c) El análisis político y la contradictoriedad de lo real

La irrupción de los nuevos fundamentos que abrieron la puerta a la noción de Derechos Humanos se concretó en los enfrentamientos políticos del siglo XVIII. En el caso norteamericano, la voluntad de independizarse de Gran Bretaña y de la autoridad de Jorge III conduce a la necesidad de legitimar las decisiones políticas en base a la preexistencia de ciertos derechos que estuvieran por encima de los que otorgaba ser un súbdito británico libre. Este principio conduce a un auge de las reflexiones en términos de Derechos Universales del Hombre (Hunt, 2009: 122-124). Hunt nos recuerda que durante la primera mitad del siglo XVIII, la mayor parte del debate inglés «se ceñía a los derechos particulares con base histórica del inglés nacido libre, dejando en un segundo plano los derechos aplicables universalmente» (Hunt, 2009: 121). Pese a ello, la efervescencia política que antecedió a la Declaración de Independencia cambió por completo los términos del debate y puso en primer plano las concepciones del derecho y del lazo social que antes habían sido preconizadas por Jean-Jacques Burlamaqui, Hugo Grocio, Samuel von Pufendorf y John Locke.

La descripción de la situación previa a la Revolución Norteamericana permite a Hunt mostrarnos que existe una relación directa entre la reafirmación de la autonomía política y la traslación del discurso hacia el nivel de los derechos Universales. En la medida en que el soberano niega a sus súbditos la «gracia» del poder de decidir sobre los asuntos de interés inmediato, resulta inevitable que estos apelen a un registro superior —anterior al de las «cuestiones específicas» del orden social— que les garantice el derecho «original» a tomar la palabra (Hunt, 2009: 117). Este registro superior es el de los derechos naturales y una vez que se desencadena este proceso de universalización, ya resulta inevitable que todas las cuestiones pasen a ser examinadas también desde el mismo punto de vista. En este plano, todos los seres humanos comparten un trato simétrico en lo que respecta a sus derechos, por lo que también resulta inevitable que se amplíe la aplicación de la misma lógica de la argumentación más allá de los temas políticos que preocupaban inicialmente, y se introduzcan otros problemas que inicialmente no se contemplaban, como el problema del reconocimiento de las minorías religiosas, la abolición de la esclavitud, y la igualdad de la mujer.

Por su parte, la descripción del contexto que acompañó la aprobación de la Declaración de Derechos francesa, muestra una segunda dimensión de la influencia del nivel de los acontecimientos políticos en la constitución de la idea de Derechos Humanos. En el verano de 1789 la vorágine de los acontecimientos captaba la mayor parte de la atención de los diputados y no las cuestiones de orden teórico o las reflexiones sobre las consecuencias de la Declaración o sobre el cálculo de los pasos a seguir. La Asamblea se debatía entre reconstruir totalmente o parcialmente el sentido del orden político. Los partidarios de la primera opción creían necesario comenzar el trabajo desde los cimientos, aprobando una declaración de los derechos naturales del hombre que permitiera un punto de partida sólido. Después de un mes de debates sin ningún avance, en agosto se aprobó una declaración de una manera que Hunt describe así:

Ni entonces ni después, nadie ha explicado apropiadamente cómo la opinión acabó por decantarse a favor de redactar tal declaración, en gran parte porque los diputados estaban tan atareados resolviendo asuntos cotidianos que no se percataron de la importancia y alcance de cada una de sus decisiones [...] Encontrándose ante una serie desconcertante de opciones, la Asamblea Nacional decidió tener en cuenta un documento conciliatorio redactado por un subcomité en gran parte anónimo e integrado por cuarenta miembros. En medio de la incertidumbre y la ansiedad continuas sobre el futuro, los diputados dedicaron seis días (20-24 y 26 de agosto) a un debate tumultuoso. Llegaron a un acuerdo sobre 17 artículos enmendados de los 24 propuestos [...] Agotados por los debates sobre artículos y enmiendas, el 27 de agosto los miembros de la Asamblea votaron a favor de aplazarlos hasta después de que se redactara una nueva constitución. La cuestión nunca se reanudaría. De esta manera un tanto incierta adquirió su forma definitiva la «Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano» (Hunt, 2009: 133-134).

O sea, la redacción de uno de los documentos más influyentes de toda la Edad Moderna y el evento que cristaliza el ascenso de la noción Derechos Humanos en la Historia, no solo es la consecuencia de la dinámica incontrolable de los enfrentamientos parisinos de 1789, sino también es el producto inconcluso de una caótica e interminable discusión. No es el resultado de una conciliación colectiva o el triunfo de una facción sobre otra, sino el arreglo provisional de una solución que se pospuso. Poco tuvo que ver con los ideales de negociación política y conciliación democrática que ponderamos hoy, o con los principios de la racionalidad ilustrada a los que tanto nos gusta asociar la Noción de Derechos Humanos —lo mismo detractores que partidarios contemporáneos—. Aquí no hay ninguna ananké, ningún orden previo que se realiza. La racionalidad histórica que explica la aparición de esta Declaración tiene un carácter mucho menos determinista. Es el resultado casi fortuito, contingente, del choque entre la dinámica impredecible de los acontecimientos con las herramientas interpretativas —culturales— que estaban a disposición del contemporáneo.

Todo esto contrasta con el alcance de los efectos de la Declaración. Si bien es cierto que había venido formándose ya desde hacía tiempo la idea de que existían derechos innatos, inalienables y universales de los seres humanos, y también que en 1789 un nuevo modelo comprensivo-cultural ya estaba maduro; la formación de una mentalidad coherente y la traducción de las aspiraciones políticas en demandas concretas no se puede considerar real hasta que se fijaron por escrito. Tanto la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano como la Declaración de Independencia, constituyen las referencias reconocibles del proceso de ascenso de la noción de Derechos Humanos, las que le dan su forma más estable y las que permiten que los siglos XIX y XX puedan regresar sobre el tema a pesar del éxito de las oleadas contrarrevolucionarias que siguieron a la Revolución.

d) La condición textual del objeto social

El potencial histórico de eventos como estos supera siempre las exceptivas de quienes los llevan a cabo. Esta capacidad que tienen algunos acontecimientos sociales de seguir su propia lógica histórica es la misma que permite que problemas culturales particulares se conviertan en universales. En ambos casos se trata del resultado del choque entre la acción que queda inscrita en la historia y las continuas relecturas que derivan de su utilización práctica en los distintos espacios de la vida cotidiana. Como Paul Ricoeur sugirió,3 es posible explicar esta trascendencia de las acciones sociales aplicando el modelo textual de la tradición hermenéutica a la explicación de los acontecimientos sociales. Aplicando esa misma idea al caso que nos ocupa, llamo condición textual del objeto social —en este caso la idea de Derechos Humanos— a la condición que permite explicar el resultado de la dinámica de enfrentamiento-legitimación entre las dos Declaraciones y los debates políticos que se han sucedido en torno a ella desde entonces.

Hunt nos muestra un excelente ejemplo de esta dinámica propia de los objetos sociales de gran significación, al describir la forma en que se resolvió el problema del reconocimiento político de las minorías religiosas en el caso de los protestantes y judíos franceses —un tema central en el debate sobre Derechos Humanos todavía hoy (Hunt, 2009: 149-163)—. Una vez declarados los Derechos Universales, la Asamblea pasó a preparar las leyes que debían regular las distintas instancias del ejercicio de la ciudadanía activa. Uno de los debates que no tardó en aparecer fue el de los derechos políticos de las minorías religiosas. Amparándose en el reconocimiento abstracto de la libertad religiosa —ciertamente ambiguo—4 y en la reglamentación sobre las condiciones requeridas para votar —recién aprobada—, los diputados protestantes5 de la Asamblea exigieron el reconocimiento de los derechos políticos de los no-católicos (menos del 1 % de la población francesa). A pesar de que hacía solo dos años que habían obtenido derechos civiles —casarse, heredar, practicar su religión— y que en muy pocos lugares de Francia ejercían efectivamente estos derechos, en diciembre de 1789 alcanzaron el apoyo necesario y la Asamblea votó a favor de la igualdad de derechos políticos de los no-católicos. Lo más interesante es que la discusión abrió la puerta a otros grupos que, a su vez, consideraron que su caso era similar y que también debía ser considerado. Poco después comenzaron los debates sobre los derechos de los judíos y, aunque tomó más tiempo y esfuerzo, en septiembre de 1791 la Asamblea también extendió la igualdad de derechos a estos.

Así pues, en un plazo de dos años, las minorías religiosas de Francia habían obtenido la igualdad de derechos [...] Es posible hacerse cierta idea de la magnitud de este cambio, ocurrido en tan poco tiempo, mediante sencillas comparaciones. En Gran Bretaña, los católicos tuvieron acceso por primera vez a las fuerzas armadas, las universidades y la judicatura en 1793. Los judíos británicos tuvieron que esperar hasta 1845 para lograr las mismas concesiones. Los católicos no pudieron ser elegidos al Parlamento británico hasta después de 1829; los judíos, hasta después de 1858 (Hunt, 2009: 163).

Hunt nos muestra otros debates similares. En todos los casos, los acontecimientos seguían una lógica similar. Primero la Declaración de Derechos había consagrado por escrito una perspectiva universalista de los derechos en abstracto. Tal nivel de generalidad obligaba a analizar —interpretar— cada uno de los casos específicos a los que debía aplicarse. En el análisis de los casos concretos aparecía la cuestión del tratamiento diferenciado del que eran objeto los diferentes grupos, los cuales exigían inmediatamente la aplicación de la perspectiva universalista. Poco a poco eran sometidos a debate los grupos con mayor influencia y más fáciles de ser considerados como iguales. Esto abría la puerta al siguiente nivel, compuestos por otros grupos que consideraban que su caso era similar y por lo tanto exigían que se aplicase la misma interpretación de los principios generales. Así, a la legislación de los derechos políticos de los ciudadanos siguió la extensión de derechos políticos a los protestantes, a esta siguió la de los judíos y a esta la de los negros libres. En 1792 se extendió a todos los hombres libres y en 1794 se decretó la abolición de la esclavitud —al menos formalmente.

Sin embargo, más imprevistos fueron otros efectos que podríamos llamar «contrarios» y que siguen una lógica de desarrollo más o menos similar. El período que sigue a la Revolución Francesa muestra cómo aparecen y se consolidan nociones igual de generales que la idea de Derechos Universales pero de sentido inverso. Por un lado arraigan los nacionalismos, según los cuales los estados son los únicos garantes posibles de los derechos y la prosperidad universal. Por el otro, toman forma las versiones positivistas de la discriminación racial y de género, que intentan demostrar a través del universalismo de la ciencia que existe una desigualdad «natural» entre los seres humanos o una superioridad histórica de una cultura sobre otra. Por último, se generalizan las distintas versiones de marxismo y el anarquismo, que atacan la noción de derecho natural —y de derecho institucionalizado en general— en favor de una racionalidad histórica de mayor trascendencia y universalidad. En todos los casos se trata de reacciones a las disconformidades que suscitaba la aplicación de las nuevas nociones de derecho en el plano de la realidad y a la radicalización progresiva de los antagonismos que creó.

Irónicamente, pues, el propio concepto de los derechos humanos abrió la puerta sin querer a formas más virulentas de sexismo, racismo y antisemitismo. En realidad, las afirmaciones generales sobre la igualdad natural de todo el género humano dieron lugar a aserciones igualmente globales sobre la diferencia natural, produciendo así un nuevo tipo de adversario de los derechos humanos, más poderoso y siniestro incluso que los tradicionalistas (Hunt, 2009: 192).

4. William Sewell, la construcción del objeto social postdisciplinar